Los pactos que destrozan a Colombia



Estudio vehementemente crítico, cronológico, sucinto, razonado, y copiosamente ilustrativo, sobre las verdades detrás del absurdo descalabro de Colombia, en sus intentos de neutralizar la escandalosa agresión de Nicaragua, queriendo apoderarse del Caribe colombiano.




Por:
Luis Eduardo Schroeder Soto.
Gotemburgo, Suecia, 2013.09.14
luiseduardo.schroeder@bahnhof.se


Hemos escogido como imagen de portada una fotografía tomada en una de las calles centrales de la destrozada Bogotá en los días del horrible holocausto, producto de la rivalidad partidista, que en la historia de Colombia llegó a llamarse “El Bogotazo”. Esta imagen representa en primer lugar el odio generado entre las gentes, cuando son azuzadas por estólidos políticos, que no ven más allá de sus bolsillos desfondados.

Estudios conexos.

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Anécdota acrílica. Sobre la visualización de la pérdida de aguas en el archipiélago Islas de San Andrés y Providencia. Publicado en la Cyber-Corredera Nº 146, diciembre 2012.


La verdad duele. Sobre la historia del rasponazo de 75.000 kilómetros cuadrados al mapa de Colombia, en aguas de San Andrés. Entregado con la Cyber-Corredera Nº 147, enero 2013, y publicado en el Pañol de la Historia, Fascículo Nº 50, de la Armada Nacional de la República de Colombia (2013.04.23-Ma.).

La marginación del Caribe colombiano. Reseña de tres (3) centurias de inaudito olvido y desprecio a los habitantes, y valores en los territorios y aguas nacionales en el Caribe Colombiano.

Panamá, el departamento usurpado. Estudio vehementemente crítico, y gratamente ilustrativo, sobre la catastrófica pérdida de Colombia de su departamento de Panamá junto con su canal interoceánico, condenando categóricamente la traición de los aliados, que atizando a los hermanos del Istmo a declarar su independencia, se apoderan desvergonzadamente del pasaje interoceánico. Entregado como complemento de la Cyber-Corredera Nº 164, de (2014.09.04-Ju.).

Premio a la verdad proclamada. Reseña sobre la concepción, creación, publicación y suerte, de un par de artículos escritos acerca de las aguas caribeñas, perdidas en las rapaces manos nicaragüenses. Honroso Reconocimiento publicado en la Cyber-Corredera Nº 153 de (2013.08.14-Mi.)



Introducción.


¡El litigio ha muerto!  ¡Viva el conflicto!


Esta arenga, soflama o bando, es de la azuzada realidad el merecido azote. De lo que empezara como una discrepancia entre vecinos, por descuido se transforma en indeseado pleito, y perdiendo luego de la cordura los estribos, caímos por desgracia en la acequia de los presagios más horrendos, con algo tan absurdo como es una pugna mendigada.

Si esta fuese la primera vez en la historia de nuestra Colombia amada, habría razón para llamar a generala, lo que en este caso sería tan barroco como pretender que la guerra no fuera nuestro pan de cada día, no con vecinos ambiciosos que nunca nos faltara, sino con hermanos criminales sediciosos. El cuento es tan viejo como la propia nación, que a propósito, durante los doscientos noventa y seis (296) largos años que lleva de historia pensada como tal, en ciento sesenta y nueve (169) de ellos, o sea durante más de la mitad, tiene serios dilemas de identificación e imagen, reflejados en los distintos nombre que llevara, un peculiar problema que viene a dificultar el juicio, cuando en duda se pone la nación que es soberana en los territorios y aguas que aquí tratamos. De lo acontecido en esa vieja historia, nada ha servido para sacar experiencia alguna, que de haberla tenido para nada nos hubiese alguna vez servido en beneficio del Caribe colombiano, tan descaradamente durante largos siglos marginado, por mera denguería de enmaniguados mandamases lechuguinos, disfrutando del fresco clima de la capital en las alturas de los Andes.

Lo insólito del triste cuento, que con aireado fundamento llamamos de adversidad secundada de Colombia en el Caribe, está en el hecho de haber regido durante los últimos ciento doce (112) años, y todo en torno a un canal interoceánico, pero no el del Istmo que felonamente nos arrebataran los mismos protagonistas, que con su conocida saña están detrás de éste, el primerísimo proyectado por el territorio de la amargada Nicaragua. En otras palabras no es que la historia se repita, sino que es la misma colombiana, que en su primer capítulo nos da cuenta de la horrible mutilación que se nos hace del Departamento de Panamá, y en el segundo el reciente y asqueroso detrimento de las aguas en el archipiélago Islas San Andrés y Providencia, dos desgracias entre sí íntimamente relacionadas[1].

Cuánto nos hubiera por lo menos consolado, que el eterno mal de otros dependiera, pero la cruel realidad nos muestra que la mayor parte por nosotros mismos se ha causado, al confiar con ingenuidad en la honorabilidad del vecino conflictivo, en no reaccionar oportunamente y con denuedo al lograr captar sus malas intenciones, y al final de cuentas por proceder con más lenidad que precaución, mirando siempre a un lado y avanzando a la pata coja.


La golosa de la adversidad.


La disputa entre Colombia y Nicaragua en aguas del Caribe, resumida en un iluso juego de golosa (rayuela) imaginaria.


Hacemos foco en los movimientos de Colombia, avances y retrocesos, dependiendo de lo acertado que sea el tiro de su piedrecilla en sus negociaciones con su contendor Nicaragua. Las casillas representan las posiciones alcanzadas, que en este caso se desean pocas para tener el cielo lo más cerca posible. Lo que está en juego es la paz y la harmoniosa convivencia, mediante una justa distribución de responsabilidades en el enorme y bello hemisferio de las tierras y aguas de la Costa de Mosquitos y el archipiélago Islas de San Andrés y Providencia.

Primera ronda

Casilla Uno (1)

[1822.06.23-1928.03.24]

Las islas de San Andrés y la parte de la costa de Mosquitos desde el Cabo Gracias a Dios inclusive hacia el rio Chagres, hacen parte del Virreinato del Nuevo Reino de Granada, alias Colombia. No se dan mayores datos sobre las islas menores y cayos incluidos, y mucho menos sobre la extensión de las aguas y delimitaciones de ningún género.

Casilla Dos (2)

[1928.03.24-1980.02.04]

A – Colombia y Nicaragua firman el tratado bilateral Esguerra Bárcenas, para definir tierras y aguas en el Caribe. El tratado es avalado por los respectivos Congresos de ambos países.

La costa de Moquitos con aguas adyacentes al litoral Caribe por levante hasta el meridiano W82, junto con las islas Mangle grande y Mangle chico, pasan a poder de Nicaragua. Las aguas por levante a partir del citado meridiano W82, junto con todas las islas, islotes, cayos y bajos que constituyen el archipiélago Islas de San Andrés y Providencia, quedan bajo soberanía de Colombia.

Casilla Uno (1)

[1980.02.04-2012.11.19]

B – Nicaragua renuncia unilateralmente al tratado A. Lo acordado en ese tratado pierde efecto.

C – Colombia reclama en vano a Nicaragua, el cumplimiento del tratado A que según lo acordado en éste, sólo fenece con la renuncia de ambas partes.

D – Nicaragua se dirige a la C I J, solicitando la intervención de ésta, demandando como suyas más tierras y aguas en el Caribe, no incluidas en el tratado A.

E – Refutando las pretensiones D de Nicaragua, voluntariamente Colombia confiere a la C I J, jurisdicción para dirimir en la disputa con ésta, exigiendo que el tratado A sea respetado y cumplido, y ofreciéndole además compensación adicional con más aguas en el Caribe, no incluidas en el mencionado tratado A. Esta oferta de Colombia requiere el aval del Congreso colombiano.

Casilla Tres (3)

[2012.11.19-2012.11.27]


F – La C I J falla solucionando la disputa E entre Colombia y Nicaragua, siguiendo la línea requerida por la primera, esto es: Nicaragua debe respetar y cumplir el tratado A, se le niegan las tierras pretendidas en su demanda D, pero se le conceden las aguas señaladas por Colombia con su oferta E, más parte de las aguas incluidas en su demanda D.

En resumen tenemos que 40.575 kilómetros cuadrados de tierras correspondientes al Litoral de Mosquitos, más un total de 135.116 kilómetros cuadrados de aguas en el Caribe, pasan bajo soberanía de Nicaragua.

Casilla Cuatro (4)

[2012.11.27-2013.09.09]


G – Para dar cumplimiento al fallo F, lo único que Colombia deba hacer es llevar para aval de su Congreso, las aguas prometidas a Nicaragua con su oferta E, junto con las aguas adicionales incluidas en el fallo F, y acordar la transferencia mediante un tratado bilateral entre las partes, pero Colombia se opone rotundamente a esto.

H – Dando claras señales de no tener intenciones de cumplir con el fallo F, aun sin intentar la solución G, Colombia demanda un pacto que en nada afectó al tratado A, y que facilitó la solución E, con el fallo F. Se trata del Pacto de Bogotá.

I – Por su parte Nicaragua se ciñe a lo fallado por La C I J y exige que Colombia también respete y cumpla con el fallo F.

Casilla estancada

[2013.09.09- ¿? ¿?]


J – Inconforme con el abarque del fallo F de la C I J, pero aludiendo a inconstitucionalidad en la aplicación de éste por parte de Colombia, ésta informa que el fallo F es inaplicable, agregando a la vez que luchará «…hasta las últimas consecuencias…» en defensa de las aguas de Colombia en el Caribe.

K – Ante la rotunda y drástica posición optada por Colombia, de no cumplir con el fallo F, en la forma como fuera decidido la C I J, Nicaragua anuncia que suspende el diálogo con Colombia, y que como complemento a lo obtenido con citado fallo F, demanda una vez más a Colombia ante la C I J, en pos de delimitar su propia plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas, comprendiendo más aguas hasta ahora colombianas.

Además de estancarse el proceso, se torna gravemente conflictivo.

Time out


Objetivos de nuestro estudio.


Con lo expuesto anteriormente, nuestros objetivos ya quedaron prácticamente esbozados. Sólo nos restaría asegurar que, aun siendo éste un compromiso pretencioso, es para nosotros en toda su extensión altamente halagüeño. Llamando las cosas por su nombre, empleando una lengua coloquial, no eludiendo en ser severos, y cuando se nos permita valiéndonos de la reconstituyente sátira, siempre regirá nuestra más genuina y sincera consideración y modestia.

Las partes principales.

Este estudio está compuesto por las siguientes partes principales:

Introducción: ¡El litigio ha muerto!  ¡Viva el conflicto! / La golosa de la adversidad. / Objetivos de nuestro estudio.

Preámbulo: Incuestionable soberanía de Colombia sobre Mosquitos e Islas de San Andrés y Providencia. / Factores que afectan el concepto de soberanía Colombiana. / Los pactos que destrozan a Colombia.

Cronología del descalabro de Colombia en Islas de San Andrés y Providencia: La parte central, exhaustiva y vehementemente crítica de nuestro estudio. En estricto orden cronológico resumimos los hechos de mayor transcendencia a lo lardo de los años de lo que llega a convertirse en un conflicto con Nicaragua. Es el pañol de los desaciertos, descuidos, errores, y contradicciones, cometidos por ambas partes en disputa, y de terceros protagonistas que entran temporalmente en escena.

Sin honor y sin mar en las garras del infortunio: Como sugiere el título, ya perpetrado el descalabro en San Andrés, acontecen cosas que siguen agravando la precaria situación del país. No son muchos, pero sí altamente trascendentales los acontecimientos aquí registrados.

No hay retorno… Pocas palabras sobre la absurda situación en que cae nuestro país.

Pero… ¡Sí hay solución! Parte final de nuestro estudio, en la que osamos plantear una alternativa de procedimiento, para lograr una solución honrosa y perentoria del conflicto.

gggggggggg


El paraíso violado.

Preámbulo.


Incuestionable soberanía de Colombia sobre Mosquitos e Islas de San Andrés y Providencia.


La historia sobre el Litoral Mosquito, o la Costa de Mosquitos, es compleja, algo complicada de sortear y por ende de aclarar, pero relativamente sencilla en términos de documentos a ser estudiados, y palabras a ser empleadas. La complejidad está prácticamente en la tarea de definir, acerca de la nación que ha ejercido soberanía sobre esos territorios y aguas, con anterioridad al conflictivo Tratado Esguerra Bárcenas (1928.03.24-Sa.).

Para nosotros no queda duda alguna que la incuestionable soberanía reposa en nuestra amada Colombia, previo al tratado Bárcenas, puesto que de otra manera no estaríamos en esta delicada y exhaustiva tarea, y para demostrar que estamos en lo cierto, nos valemos de documentos y hechos históricos de peso, que reseñaremos a continuación. Claro está sin embargo, que lo mismo ha realizado Nicaragua nuestro vecino contrincante, siendo entendible que haya llegado a una conclusión contraria a la nuestra. Sigue cronología.

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1537.03.02- La provincia de Veragua queda bajo jurisdicción de Tierra Firme.


Por la Real Cédula del Emperador del Sacro Imperio Romano Germánico Carlos V, se ordena que toda la provincia de Veragua, descubierta por Cristóbal Colón y cuyo límite se fija al norte, en el cabo Gracias a Dios, queda bajo la jurisdicción de Tierra Firme. La Real Orden en este día es ratificada mediante la expedida en Aranjuez en (1805.05.26-Do.).
Nota importante.
Tierra Firme es la denominación que se le da a los dominios de la Corona española, que luego pasan a llamarse Presidencia de la Nueva Granada y Capitanía de Venezuela. La Nueva Granada se erige en Virreinato en (1717.04.29-Ju.).

El territorio de Veragua, en el que entran las tierras de la hoy Nicaragua, es englobado al año siguiente (1538) en la Audiencia y Cancillería Real de Panamá que hará parte, primero de la audiencia de Guatemala, después del Virreinato del Perú, y como veremos finalmente del Virreinato de Nueva Granada (1739.08.20-Ju.).

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1739.08.20-Ju. Se revive el Virreinato del Nuevo Reino de Granada.


Felipe V de Borbón
Mediante real cédula expedida en San Ildefonso por Felipe V de España, dirigida al Gobernador y Capitán General de las provincias del Nuevo Reino de Granada, se revive el Virreinato del Nuevo Reino de Granada. Entre las modificaciones en relación con su estructura anterior cuando fuera creado el Virreinato (1717.04.29-Ju.), está la inclusión de nuevas provincias entre las que se encuentran Panamá, Portovelo, Veraguas y el Darién.
Nota importante.
Tal como quedó aclarado en el asiento anterior (1537.03.02), entre las partes que comprenden la provincia de Veragua, o Veraguas, se encuentra Nicaragua.

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1803.11.30-Mi. Las islas de San Andrés y la Costa de Mosquitos, pasan bajo jurisdicción de la Nueva Granada.


Con Real Orden expedida en esta fecha, el Rey Carlos IV segrega las Islas de San Andrés de la Capitanía General de Guatemala, pasando la responsabilidad de su administración y protección al Virreinato del Nuevo Reino de Granada. La comunicación recibida por el Virrey de Santa Fe versa como sigue:

«…El Rey ha resuelto que las islas de San Andrés y la parte de la costa de Mosquitos desde el Cabo Gracias á Dios inclusive hácia el rio Chagres, queden segregadas de la Capitanía General de Goatemala y dependientes del vireinato de Santafé; y se ha servido S, M. conceder al gobernador de las espresadas islas don Tomás O´Neille el sueldo de dos mil pesos fuertes anuales, en lugar de los mil y doscientos que actualmente disfruta. Lo aviso á V. E. de real órden á fin de que por el Ministerio de su cargo se espidan las que corresponden al cumplimiento de esta soberana resolución…»
Nota importante.
Obsérvese que Nicaragua ya hacía parte del territorio y jurisdicción, primero de la Presidencia, y luego del Virreinato de la Nueva Granada, alias Colombia, mucho antes de que el litoral de la Mosquitia y el archipiélago Islas de San Andrés y Providencia se incluyera a ésta.

Esto demuestra con toda claridad que el litoral de la Mosquitia y el archipiélago Islas de San Andrés y Providencia, con todas sus aguas, islas menores, cayos y bajos, nunca han podido quedar bajo la jurisdicción de Nicaragua, y mucho menos cuando ese país nunca con anterioridad ha tenido costas propias sobre el Caribe.

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1806.11.13-Ju. Real Orden sobre servicios especiales.


En esta fecha el Monarca da una Real Orden que en nuestros días el gobierno de Nicaragua ha traído a colación, presentándola como una contraorden a lo dispuesto por Felipe V, retribuyendo la responsabilidad de la costa de Mosquitos nuevamente a la Capitanía de Guatemala, lo que es errado. Veamos como versa el corto texto enviado al Capitán General, el Coronel Ramón de Anguiano:

«…Ha resuelto Su Majestad [el rey de España] que Vuestra Señoría [Coronel don Ramón de Anguiano] es quien debe entender en el conocimiento absoluto de todos los negocios, que ocurran en la colonia de Trujillo y demás puestos militares de la Costa de Mosquitos concernientes á las cuatro causas referidas [justicia, policía, hacienda y guerra…»
Nota importante.
Esta orden no restituye en forma alguna a Mosquitos bajo la responsabilidad de Guatemala, porque sencillamente trata de una comisión especial para la que se destaca al Coronel Ramón de Anguiano, y por consiguiente no tiene valor alguno en las diligencias que aquí estudiamos. Además, como tenemos mencionado, la Real Orden expedida en Aranjuez en (1805.05.26-Do.), ratifica la de fecha (1803.11.30-Mi.), con la cual San Andrés y Mosquitos pasan a ser parte de la jurisdicción de Santa Fe.

Nicaragua se empeña absurdamente en sostener que es precisamente con esta Orden de servicios especiales, que la Mosquitia pasa a ser parte de su territorio nacional, lo que es rotundamente errado y falso. Además, de creerse por algún extremo que Mosquitos fuera retribuido bajo la administración de la Capitanía de Guatemala, esto no implica que quedara encajonado en el mismo paquete de Nicaragua. Con lo que viene en el siguiente asiento (1825.03.15-Ma.) quedará definitivamente demostrado que Nicaragua reconoce la soberanía del alias Colombia sobre la Mosquitia.

Además es importante aclarar que por aquellos días, el concepto de soberanía sobre algún territorio o provincia, sólo era de exclusividad de la Corona española, y no de España porque ésta como nación no existe en aquel entonces, y que cuando se declara como tal (1812.03.19-Ju.)[2], simultáneamente reconoce la autonomía de los antes llamados dominios de la Corona. Además, por esos días eran relativamente frecuentes las maniobras con las que el Soberano español amoblaba la administración de éstos dominios en el Nuevo Mundo. Es una época en la que no existen mapas exactos, y tanto la ubicación como la extensión de las provincias se describen con muy pocas palabras. Colombia y Nicaragua tampoco existen como naciones, y consecuentemente no se mencionan como tales.

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1825.03.15-Ma. Tratado de unión, liga y confederación perpetua entre Colombia y Centro América.


Por medio de los plenipotenciarios Pedro Gual y Pedro Molina, enteramente autorizados por ambas partes, se concluye y firma en Bogotá una convención de unión, liga y confederación perpetua entre la República de Colombia y las Provincias Unidas de Centro América, también llamado “Convenio Molina-Gual”, del que destacamos las siguientes palabras:

«…La República de Colombia y las Provincias Unidas del Centro de América, hallándose animadas de los más sinceros deseos de poner un pronto término a las calamidades de la presente guerra, en que aún se ven empeñadas con el gobierno de su majestad el rey de España, y estando dispuestas ambas potencias contratantes a combinar todos sus recursos y todas sus fuerzas terrestres y marítimas, e identificar sus principios e intereses en paz y en guerra, han resuelto formar una convención de unión, liga y confederación perpetua, que les asegure para siempre las ventajas de su libertad e independencia.
Artículo 9º. Ambas partes contratantes, deseando entre tanto proveer de remedio a los males que podrían ocasionar a una y otra de las colonizaciones de aventureros desautorizados, en aquella parte de las costas de Mosquitos, comprendidas desde el cabo Gracias a Dios, inclusive, hasta el río Chagres, se comprometen y obligan a emplear sus fuerzas marítimas y terrestres contra cualquier individuo o individuos que intenten formar establecimientos en las expresadas costas, sin haber obtenido antes el permiso del gobierno a quien corresponden el dominio y propiedad…»
Nota importante.
Aclaramos que comprometiéndose con lo establecido en este Tratado, las Provincias Unidas del Centro de América, a las que pertenece Nicaragua, reconocen la validez de la Real Orden de 1803 y aceptan que Colombia ejerza soberanía sobre la costa de Mosquitos y las Islas de San Andrés, puesto que se acogían al “uti possidetis iuris “de 1810, es decir, el criterio según el cual los límites entre estados hispanoamericanos se determinarían con base en los títulos de demarcación territorial que poseyeran los antiguos dominios de la Corona española en 1810. Como para ese entonces Mosquitos y San Andrés eran parte del Virreinato de Santa Fe, estos territorios pasaron obviamente bajo la administración y protección de Colombia al constituirse ésta en un Estado independiente de España.

Por todo lo anterior podemos sostener con fundamento que…

Firmando Nicaragua el “Tratado de unión, liga y confederación perpetua entre Colombia y Centro América (1825.03.15-Ma.)”, conocido también como “Convenio Molina-Gual”, confirma definitivamente que reconoce la soberanía de Colombia sobre la Costa de Mosquitos y las Islas de San Andrés y Providencia, con todas sus aguas, islas menores, cayos y fondos.

El trascendental contenido de todos los asientos registrados anteriormente, ha debido tenerse en cuenta en las deliberaciones de la Corte Internacional de Justicia en La Haya, debidamente documentados, a fin de primeramente aclarar la veracidad de la presumida soberanía de Nicaragua sobre los territorios aquí aludidos, antes de pasar a obligarla, como en efecto la obliga, a respetar el Tratado Esguerra Bárcenas (1928.03.24-Sa.), como veremos más adelante.
Comentario.
No queda superfluo dejar claro que todo lo anterior sólo trata de lo que queda escrito en papeles, y que de éstos a la realidad de los hechos, hay mucho trecho. Con lo expuesto en la sección que sigue a continuación veremos que Colombia, y sus alias, durante dos (2) centurias largas [1810.07.21 - 2012.11.19] a duras penas se importa de sus territorios en el lejano Caribe, y que llegada la hora de pelear por ellos, muy anodinamente lo hace sólo a papelazos, y muchos de ellos concebidos con contenidos inocuos causando más enredo y daños, que fortificando sus posiciones.

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Factores que afectan el concepto de soberanía colombiana.


La marginación del Caribe colombiano.


En estudio aparte reseñamos tres (3) centurias de inaudito olvido y desprecio de los habitantes, y valores en los territorios y aguas nacionales en el enorme Caribe colombiano. Una triste historia que parte desde los primeros días en que Felipe V de Borbón tiene a bien crear el Virreinato del Nuevo Reino de Granada (1717.04.29-Ju.), hasta nuestros días cuando la Corte Internacional de Justicia, mediante un nefasto fallo (2012.11.19-Lu.), decide obligar a nuestro país a pasarle a los malhechores expansionistas de Nicaragua, 40.575 kilómetros cuadrados de tierras correspondientes al Litoral de Mosquitos, más un total de 135.116 kilómetros cuadrados de aguas en el Caribe, lo que obviamente hace abrir los ojos, y las bocas por cierto, de los gobernantes colombianos calienta-poltronas en las sanas alturas de Bogotá sobre los magníficos Andes.

Así de horrible es esa marginación, que requiere de numerosas páginas propias para darla a conocer en estudio aparte[3], por lo que aquí nos limitamos a traer a colación, uno de los más negros acontecimientos, aun sin querer ser fatalistas.

Un año antes de que Simón Bolívar esté de vuelta en territorio colombiano (1826.09.12-Ma.), de regreso del Sur en donde corona su gloria, «…que nadie se la quiere quitar…», trayendo consigo su aborto de Constitución Boliviana, con la que emprenderá la inaudita destrucción de Colombia (la Grande), antes de que esto acontezca el país tiene lanzados planes para invadir a Cuba y Puerto Rico, y si los EE. UU. no levantan su dedo amenazador para que se abstenga de intervenir, por el supuesto temor al efecto que produciría en los estados del Sur la emancipación de los esclavos antillanos que se supone con tal acción, el Vicepresidente Santander, habiendo obtenido del Congreso (1825.02.08-Ma.) autorización para operar militarmente sobre Cuba, tiene ya un adelantado plan para empezar con un bloqueo a La Habana, y sólo aguarda de Europa un (1) navío de 74 cañones que se llamará Bolívar, dos (2) bergantines y dos (2) fragatas de 44 cañones, seguro de que estas unidades a flote, adicionadas a las que ya tiene la república, «...acabarán con la escuadra española...»[4]. Y lo mejor de todo es que estas adquisiciones ya están pagadas puesto que la Nación ha hecho un cuantioso empréstito a la Gran Bretaña, «...la señora de las naciones...».

Para esos rebuscados planes con ínfulas de potencia bélica sí hay tropas, armamento moderno, vituallas de las mejores, recursos de todo género, arrojo y tiempo de sobra, como también lo ha habido sin problema alguno para satisfacer las frecuentes demandas de «…mande dinero y mande tropas…» provenientes del General Bolívar por los lares del Imperio Inca durante tres (3) años largos, libertando y creando países [1823.08.07-1826.09.12], todo a costillas de los neogranadinos, alias cundinamarqueses, porque los venezolanos y los ecuatorianos no aportan sino problemas. Pero para levantar un mísero palo en la Costa de Mosquitos, en el que se pueda izar la bandera tricolor, y mucho menos para llevar tropas allí, y así ejercer soberanía sobre esas playas de insectos, no se tiene ni planes, ni tiempo, ni ganas, ni nada, porque eso ¡No genera Gloria a celebrar con champaña!

Cumplidos dos cientos dos (202) años, tres (3) meses, y veintiocho (28) días, de haber preferido el país el camino de la autarquía y la libertad [1810.07.21 - 2012.11.19], y con ello la responsabilidad de respetar y proteger nuestro suelo patrio, lo adelantado y alcanzado por los gobiernos de Colombia con los territorios y aguas nacionales en la Costa de Mosquitos y archipiélago Islas de San Andrés y Providencia, es imperdonablemente desastroso, lo que conduce a que terceros expansionistas perpetren un descalabro aún mayor.

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Hartos nombres, y excesiva cantidad de gobernantes merman la buena imagen de Colombia.


Manteniéndonos en el plan que nos hemos propuesto de reconocer y expiar primero nuestras faltas, nos enfrentamos con algo para lo que directamente no encontramos responsable alguno. Sin duda alguna, unos de los factores que más dificultades le han causado a nuestro país, son sus numerosos cambios de nombre, lo que lamentable e inexplicablemente se complica con los igualmente cuantiosos cambios de gobernantes. Todo se presenta como un fenómeno casi natural, de evolución, como es la metamorfosis de los batracios, o de los insectos. Pero… ¿Por qué con nombres y en nuestro caso precisamente con el nombre de nuestra patria?

Desde la fecha de la primera creación del Virreinato del Nuevo Reino de Granada (1717.04.29-Ju.), cuando empieza a tomar forma el gran país en que hoy día viven los colombianos, hasta la fecha en que ese país toma definitivamente el nombre de Colombia (1886.08.04-Mi.), o sea durante ciento sesenta y nueve (169) años, tres (3) meses y cinco (5) días, cambia insólitamente de nombre doce (12) veces, lo que podría interpretarse como un cambio de nombre cada catorce (14) años.[5]

Durante ese mismo período (1717.04.29 a 1886.08.04), tiene setenta y dos (72) gobernantes, de los cuales diecisiete (17) son de la época del Virreinato (virreyes y presidentes), y cincuenta y cinco (55) de la siguiente época emancipada con cincuenta y cuatro (54) presidentes y un (1) ejecutivo plural. Lo que igualmente podría llevar a la sugestiva conclusión de que cada seis (6) gobernantes acontece un cambio de nombre[6].

Estos mismos datos facilitan llegar a la conclusión de que teoréticamente, cada gobernante ejerce durante, aproximadamente, sólo dos (2) años largos, lo que es un período de gobierno extremadamente corto.

Considerando que es precisamente durante esos primeros ciento sesenta y nueve (169) años largos, cuando acontecen las importantísimas reestructuraciones o amobladas de los dominios de la Corona española, y se inicia la nefasta fiebre expansionista de los enemigos del alias Colombia, es de entender, como en realidad sucede, que los frecuentes y numerosos cambios de nombre del país, junto con la exagerada cantidad de gobernantes, se convierte en una de las pestes que le causan tantos infortunios, puesto que lo primero que le afectan es su imagen como nación, y así a los ojos de los buitres que no faltan en su vecindario, se le ve como un patio de atrás sin identidad, sin tradiciones, carente tanto de amor propio, como voluntad y medios para defenderse.

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Los pactos que destrozan a Colombia.


Como decíamos al principio, el Pacto de Bogotá, concebido como una valiosísima herramienta para soluciones pacíficas, que tanto bien pudiera aportar a otros países, para Colombia, a razón de que afrenta lo dictado en su Carta Magna, se hace inaplicable para soluciones que toquen su territorio y aguas nacionales, pero sólo en casos en contra del país, porque en caso contrario, suponiendo que sea Colombia la que demandara a otra nación por abusos del mismo género, entonces no sería en nada inconstitucional e inaplicable. En verdad tenemos que no es el Pacto en sí lo que destroza a la nación, sino la fatal ignorancia que fingidamente se le da a su presunta inconstitucionalidad por parte de los gobiernos de Colombia, cuando desvergonzadamente admiten llevar a cortes terceras, los casos que tocan la integridad del suelo patrio.

De quererse señalar de todas maneras un pacto, o un acto, que hubiese contribuido en el infortunio de Colombia en el Caribe, después de la desgracia con Panamá claro está, tenemos a primera mano el Tratado Esguerra Bárcenas, firmado con Nicaragua (1928.03.24-Sa.), pero curiosamente éste sí es constitucional.

Entonces… ¿En qué quedamos por fin? La respuesta es muy sencilla. No hay pactos que destrocen a Colombia, pero sí los hay… ¡Con los que se destroza a Colombia!

Explicando bien las cosas, pasamos a repasar en orden cronológico, el Tratado Esguerra Bárcenas, y el Pacto de Bogotá, producto de la IX Conferencia Panamericana.

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1928.03.24-Sa. El Tratado Esguerra Bárcenas.

«…Managua, marzo 24 de 1928.

La Republica de Nicaragua y la Republica de Colombia, deseosas de poner término al litigio territorial entre ellas pendiente, y de estrechar los vínculos de tradicional amistad que las unen, han resuelto celebrar el presente tratado, y al efecto han nombrado sus respectivos plenipotenciarios, a saber:

Su excelencia el presidente de la Republica de Nicaragua al Doctor Don José Bárcenas Meneses, subsecretario de Relaciones Exteriores; y Su excelencia el Presidente de la Republica de Colombia al Doctor Manuel Esguerra, enviado extraordinario y Ministro Plenipotenciario en Nicaragua. Quienes, después de canjearse sus plenos poderes, que hallaron en debida forma, han convenido en las siguientes estipulaciones.

ARTICULO 1

La Republica de Colombia reconoce la soberanía y pleno dominio de la República de Nicaragua sobre la costa de mosquitos comprendida entre el cabo de Gracias a Dios y el río san Juan, y sobre las islas Mangle grande y Mangle chico, en el océano atlántico (Great corn island, little corn island); y la Republica de Nicaragua reconoce la soberanía y pleno dominio de la República de Colombia sobre las islas de San Andrés, Providencia, Santa Catalina y todas las demás islas, islotes y cayos que hacen parte de dicho archipiélago de San Andrés

No se consideran incluidos en este tratado los cayos Roncador, Quitasueño y Serrana; el dominio de los cuales está en litigio entre Colombia y los Estados Unidos de América.

ARTICULO 2 

El presente tratado será sometido para su validez a los Congresos de ambos Estados, y una vez aprobados por éstos, el canje de las ratificaciones se verifica en Managua o Bogotá, dentro del menor término posible.

En fe de lo cual, nosotros, los respectivos Plenipotenciarios, firmamos y sellamos. 

Hecho en duplicado, en Managua, a veinticuatro de marzo de mil novecientos veintiocho. 

(L.S.) J. Bárcenas Meneses (L.S.) Manuel Esguerra …»

El corto texto del Tratado lo dice todo. Es un acto oficial, bilateral y público, también conocido como “Tratado de 1928.
Comentario.
Nótese que en este tratado no se hace ninguna delimitación entre los espacios marítimos de Colombia y Nicaragua, pero en el Protocolo de las ratificaciones de los Congresos de ambos Estados, que sigue luego (1930.05.05-Lu.), quedará debidamente señalado el meridiano W 82 como línea limítrofe.

A propósito del mencionado Protocolo no queda de más, recalcar en el hecho de que el Tratado no es solamente aprobado por el Congreso de conformidad a lo especificado en la Constitución, sino que a estas alturas no se tiene ni la más remota idea de que algún día aparezca un aborto de acuerdo que le salpique arena a la maquinaria que conocemos como inteligencia.

De todas maneras, la primera reacción que se tiene al leerse este desastroso tratado, es que Colombia, sin más ni menos reconoce que Nicaragua está en su pleno derecho de exigir que se comparta con ella, las grandes riquezas de las Islas de San Andrés y la Costa de Mosquitos, que nuestro país hereda de su progenitor el Nuevo Reino de Granada, comprobadas mediante todas las ratificaciones legales producidas en el transcurrir de los años. Esta fallida estrategia salomónica aplicada descabelladamente por Colombia, es el comienzo del fin de su pretendida soberanía sobre estos territorios y aguas de la que tanto se ufana. Calificamos como fallida esta estrategia salomónica, porque al contrario de lo logrado por aquel patriarca bíblico de quien proviene su nombre, aquí al “niño” en disputa lo taja en dos su mismísima madre Colombia.

Pero… ¿Por qué lo hace? La respuesta la tenemos con sólo repasar lo registrado con el Tratado Altamirano-Harrison (1905.04.19-Mi.), el Tratado Chamorro-Bryan (1914.08.05-Mi.), y la Truncada intervención de los EE.UU. (1924)[7]. En resumidas cuentas, Colombia ha caído en la trampa que le han puesto sus descarados vecinos expansionistas, y brutalmente, porque aquí no hay cabida para ingenuidad, y no ve otra alternativa fuera de sacrificar sus derechos sobre la costa de Mosquitos, para supuestamente lograr conservar en paz su soberanía sobre el Archipiélago de San Andrés.

Pero que se entienda bien lo sostenido en el párrafo anterior:

Primero: Que detrás de esta pusilánime maniobra colombiana está la execrable presión que los Estados Unidos de Norteamérica ejercen sobre nuestra Nación, su mejor aliada panamericana.

Segundo: Que el gobierno de Pedro Nel Ospina, a la sazón de turno en Colombia [1922-1926], mantuvo al pueblo colombiano al margen de este escandaloso tratado.

Tercero: Que los nicaragüenses tienen todas las de ganar plasmando su firma en un acuerdo que para ellos representa una artimaña para hacerse a una presa aún mayor, dado que…

Cuarto: Obteniendo Nicaragua costa propia sobre el mar Caribe, se le abre la puerta para pasar a exigir sus derechos sobre una extensa zona de aguas contiguas, exclusivas, y plataforma continental, una vez se instale la “Convención del Mar” (1982.04.30-Vi.).

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1948.04.30- El Pacto de Bogotá.



Mientras que Bogotá arde, la OEA nace.


Siendo presidente de Colombia el conservador Mariano Ospina Pérez, Bogotá es anfitriona de la IX Conferencia Panamericana, que se inicia el 30 de marzo de 1948 precedida por el entonces canciller colombiano Laureano Gómez. La Conferencia estaba proyectada para el mes de enero, pero a razón de que Argentina y Uruguay, solicitaran que se aplazara hasta que los EE.UU. resolvieran su política frente al llamado Plan Marshall, y explicara su actitud frente a América Latina, aclarando además su posición con respecto a las islas Malvinas.

Algunos de los objetivos de la IX Conferencia Panamericana radican en la abolición del poder político en la región, y para ello se establecen planteamientos políticos-jurídicos que buscarían la alternativa democrática, y así mantendrían la paz en el continente.

Por esa época Colombia vive una difícil situación política, social y de orden público, con marcadas diferencias sociales, una economía poco boyante y una mano de obra subdesarrollada y mal asalariada. Al igual que muchos países de la región, la Nación está dividida políticamente en dos vertientes: la liberal y la conservadora, logrando esta última mantenerse en el poder más de 40 años. El jefe máximo de los conservadores es el presidente Mariano Ospina Pérez, y del partido liberal Jorge Eliecer Gaitán. Con el asesinato de este último el 9 de abril, se desata el trágico Bogotazo, que obliga a la conferencia a trasladarse al alejado Norte de la ciudad, en el llamado Gimnasio Moderno.

Pese al trágico escenario de lo que sería el inicio de la época de la Violencia en Colombia, la IX Conferencia Panamericana de 1948 en Bogotá, se convierte en el coloquio panamericano de mayor importancia, creándose en éste la OEA por medio de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en sustitución de la Unión Panamericana, y además se aprueban y se firman el Tratado Americano de Soluciones Pacíficas, alias Pacto de Bogotá, y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. O sea los tres (3) mayores compromisos de los países firmantes, que regirán el destino del hemisferio panamericano.

Comentario.

Resumiendo lo alcanzado con la Novena Conferencia Panamericana, lo podemos interpretar como una genuina Trinidad, en este caso tres personas distintas y un solo ente político-jurídico, en el que muy pocos creen. Se podría suponer que para ser miembro de la O E A, se tiene que respetar los Derechos y Deberes del Hombrey para ir por buen camino con éstos se debe aplicar cuando se necesite el Tratado Americano de Soluciones Pacíficasy para que éste funcione correctamente se debe ser miembro del club O E A, y así sucesivamente hasta que llega el día en que hay que reconocer, que lo pretendido por esa Conferencia no pasa de ser una utopía, dado que la idiosincrasia latinoamericana difícilmente se aleja de lo folclórico con «…mañana, mañana, damos un golpe de estado democrático, manipulamos las elecciones como nos venga en gana, compartimos el gobierno con los peores criminales del país, nos apoderamos de los territorios y mares del vecino, nacionalizamos el cemento y el papel higiénico, etc., etc. …»

Datos sobre el Pacto de Bogotá


El Pacto de Bogotá, también conocido como el Tratado Americano de Soluciones Pacíficas, es un acuerdo suscrito el 30 de abril de 1948 por los países independientes de América, reunidos en la IX Conferencia Panamericana en la ciudad de Bogotá, capital de Colombia.

Su objetivo primordial es imponer una obligación general a los signatarios, para a través de medios pacíficos resolver sus conflictos. También rige la obligación de agotar los mecanismos regionales de solución de los asuntos, antes de acudir al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. El pacto considera y estimula la solución pacífica de conflictos mediante los siguientes medios: buenos oficios, mediación, arbitraje y procedimiento judicial, investigación y conciliación. Es uno de los tratados que confiere jurisdicción a la Corte Internacional de Justicia (C I J).

El Tratado entra en vigencia el 6 de mayo de 1949 y es registrado siete días más tarde en la Organización de las Naciones Unidas (O N U).

Los veintiún (21) países signatarios del Tratado son:
Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela[8].

Los nueve (9) países que ratifican el Tratado sin reservas son:
Brasil, Colombia, Costa Rica, Haití, Honduras, México, Panamá, República Dominicana y Uruguay.

Los seis (6) países que ratifican el Tratado con reservas son:
Bolivia, Chile, Ecuador, Nicaragua, Paraguay y Perú.

Los cinco (5) países que no han ratificado el Tratado son:
Argentina, Cuba, Estados Unidos, Guatemala y Venezuela.

Los países que han denunciado el Tratado son:
El Salvador y Colombia. Sobre las denuncia de esta última, ampliaremos más adelante.

El Pacto de Bogotá no es inconstitucional.


Lo que es inconstitucional es su empleo en la forma como quedó ratificado. El compromiso de Colombia de respetar y cumplir con lo estipulado en este Pacto, fue adquirido dando los siguientes pasos legales y constitucionales:

1 - Es suscrito en 1948 durante la IX Conferencia Panamericana, siendo presidente Mariano Ospina Pérez. Un acto ineludible en conexión con la creación de la Organización de los Estados Americanos (O E A).

2 - Es aprobado por el Congreso Nacional en 1961, siendo presidente Alberto Lleras Camargo. Una formalidad ineludible cumpliendo con la Constitución de Colombia, pero irrespetándola al no incluir la reserva que sigue a continuación.

3 - Es ratificado sin reservas en 1968, siendo presidente Carlos Lleras Restrepo. Una formalidad ineludible cumpliendo con el modus operandi en estos casos de convenios y tratados.

En esta ocasión Colombia ha debido dejar aclarado, mediante una reserva específica, que el Pacto es inaplicable para asuntos que toquen su territorio y aguas nacionales. Pero no lo hace, ratificándolo como vemos sin reserva alguna.

Las Constituciones de 1863, 1886, Actos Legislativos Nos. 3 de 1909, 3 de 1910, 1 de 1968, y Art. 101 de la Constitución actual no permitieron ni permiten que nuestros límites territoriales sean definidos por sentencia de un tribunal internacional.

Enmendar la Constitución acomodándola a las obligaciones adquiridas por la Nación a razón del Pacto de Bogotá, es inconcebible y absurdo, resultando entonces en que este Pacto se convierte en el peligroso instrumento con el cual, no sólo se le acarrea al país los serios problemas que actualmente tiene con Nicaragua y la Justicia Internacional, sino más grave y escandaloso aún, le origina a la Nación un irreparable detrimento de sus aguas y suelos patrios, y coloca a otros países vecinos en el hemisferio centroamericano, en una indeseada y conflictiva situación.

¿Por qué denunciar el Pacto de Bogotá?


«…Soldado advertido no muere en guerra…». Este es sin duda uno de los primeros dichos que aprendemos cuando entramos en el uso de la razón. Conociendo entonces las intenciones de Nicaragua en relación con el Tratado Esguerra-Bárcenas de 1928 y el Acta del Canje de Notas de 1930, quedaría a mano pensar que lo más apropiado para evitar las consecuencias de esas amenazas, sería denunciar el Pacto de Bogotá en cualquier momento y a mayor brevedad, lo que no es del todo tan seguro para convertirse en una efectiva solución, dado que el artículo LVI (56) del Pacto, prevé un preaviso de un año a partir de la denuncia para que el Pacto cese en sus efectos respecto del denunciante. La denuncia del Pacto le habría dado a Nicaragua un año de plazo para demandar a Colombia ante la Corte Internacional de Justicia. Frente a este argumento, se podría pensar que Nicaragua no habría tenido suficiente tiempo para preparar una demanda, una apreciación de por sí muy dudosa, a sabiendas de que un año es bastante tiempo, y además, bastaría una breve solicitud inicial de Nicaragua ante la Corte, de 4-5 páginas, como en efecto se hizo el 6 de diciembre de 2001, para iniciar la actuación de la Corte Internacional. Por orden del 26 de febrero de 2002 de la misma Corte, ésta le concedió a Nicaragua un plazo de… ¡Más de un año! …para preparar su demanda, hasta el 28 de abril de 2003. Si Colombia hubiera denunciado el Pacto de Bogotá con anterioridad, Nicaragua habría dispuesto del año de preaviso, previsto en el mismo Pacto, más un mínimo de un año que le habría concedido la Corte; o sea en total dos (2) años, y en ese tiempo se logra preparar una demanda, por compleja que fuera.

Cave traer a colación la explicación que nos dan los juristas expertos en estos temas, de que la revisión de los tratados suscritos por Colombia previene el arbitraje obligatorio, ser denunciados o introducirles reservas sobre diferendos territoriales. Entonces, si bien la Constitución actual permite que la sentencia de un tribunal arbitral, llamada laudo arbitral, fije límites territoriales, entonces se podría intuir que la intención del Constituyente de 1991 es la de llegar a la Corte Internacional de Justicia voluntariamente para cada caso. Esto nos lleva a formular una última pregunta: ¿Fue obligatoria o voluntaria la jurisdicción que Colombia dio a la C I J para dirimir en el litigio con Nicaragua? La respuesta tomará forma a medida que avancemos en este estudio.

Remontándonos a 1968 cuando Carlos Lleras Restrepo defiende la idoneidad del Pacto de Bogotá, se encuentra que a partir de entonces todos los presidentes que lo suceden son consecuentemente responsables de velar por que esta herramienta no llegue a acarrearle al país los serios problemas en que ahora nos encontramos, siendo acreedores a severa crítica los siguientes:

A- Ernesto Samper y Andrés Pastrana, porque no se salieron del tratado, o se preocuparon por hacerle la enmienda de la reserva territorial, cuando se lo propusieron algunos expertos y abogados.

B- Álvaro Uribe Vélez por haber permitido la jurisdicción de la C I J para dirimir en conexión con las absurdas pretensiones de Nicaragua, ceñirse a la nefasta alternativa de que se respetara el Tratado Esguerra Bárcenas, y concebir y aprobar la infame propuesta de «…Línea media…» que su gobierno presenta en el alegato de fondo ante la Corte (2008.11.11-Ma.), sugiriendo con ésta pasarle nefastamente a Nicaragua 13.000 kilómetros cuadrados de las aguas conocidas con el nombre de «…Luna verde…» en donde se encuentra la langosta que se pesca de forma industrial por empresas colombianas, en reemplazo del meridiano W 82 declarado inválido por la C I J.

C- Juan Manuel Santos por hacer suya la nefasta estrategia de su antecesor frente al litigio, y por mantenerse impávido esperando el fallo de la Corte, para luego empeñarse en no acatarlo, colocando así a la Nación en una dificilísima situación. Su caso se hace extravagantemente incómodo, a razón de sus ardides populistas respecto a la denuncia del Pacto de Bogotá, que veremos más adelante (2012.11.27-Ma.).

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Cronología del descalabro de Colombia en Islas de San Andrés y Providencia.


En estricto orden cronológico resumimos los hechos de mayor transcendencia a lo lardo de los años de lo que llega a convertirse en un conflicto con Nicaragua, adoptando como punto de partida el primero de los más recientes acontecimientos que corroboran la incuestionable soberanía de Colombia sobre la Costa de Mosquito con sus aguas incluyendo islas, cayos y bancos, y el archipiélago entero de Islas de San Andrés y Providencia en el Caribe.

Este extenso capítulo se convierte en términos generales, en el pañol de los desaciertos, descuidos, errores, y contradicciones, cometidos por ambas partes en disputa, y de terceros protagonistas que entran temporalmente en escena. Facilitando la visualización de los pasos avanzando en el algo complicado desarrollo real de los acontecimientos, se incluye la señalización de las Casillas presentadas en la Golosa de la adversidad.

La historia del Caribe colombiano anterior a los sucesos aquí registrados, está ampliamente reseñada en estudios aparte, que muy cordialmente recomendamos consultar[9].

Casilla Uno (1)

[1822.06.23-1928.03.24]


1822.06.23-Do. Las Islas de San Andrés se unen a la Constitución de Cúcuta.


El Departamento de Cundinamarca, lleva dos y medio (2½) años de vida haciendo parte de Colombia (la Grande), cuando en la Isla de San Andrés se iza por primera vez el tricolor colombiano, adhiriéndose así el Archipiélago a la Constitución de Cúcuta (1821.10.03-Mi.) que ratifica la formación de aquella República.

Trascendental determinación de las Islas de San Andrés y Providencia.

Es muy importante dejar debidamente claro, que son los habitantes del archipiélago Islas de San Andrés y Providencia, quienes voluntaria y soberanamente determinan su futuro, y no Bogotá, lo que se fortifica con el hecho de que no hubo una adhesión automática cuando el Departamento de Cundinamarca así lo hiciera por propia cuenta (1821.10.03-Mi.).

Comentario.

La demora en tomar esta decisión también tiene importancia, indicando con toda claridad que los isleños piensan su determinación con calma, intuyéndose igualmente que pudieron haber tenido alguna otra alternativa.

De esta trascendental determinación de los isleños, la C I J toma falaz y descarada distancia, ignorándola por completo en sus deliberaciones para emitir su fallo (2012.11.19-Lu.), con el que le arrebata al Archipiélago sus propias aguas para entregárselas a Nicaragua, en las que entran escandalosamente las aguas que unen las propias islas. A este horrendo crimen, porque es en verdad un crimen, volveremos más adelante.

¿Queda la Costa de Mosquitos por fuera de Colombia (la Grande)?


Infelizmente no hemos tenido suerte en encontrar información acerca de la participación de la Mosquitia en este trascendental acto. Puede ser tan sencillo que aquella costa “entre automáticamente en la colada”, pero de no aceptarse esto, todo quedará debidamente aclarado dentro de dos (2) años, ocho (8) meses y veintidós (22) días, cuando firmándose el Tratado Molina-Gual (1825.03.15-Ma.) no quede duda de quién ejerce soberanía sobre ese litoral.


Es Presidente del Departamento de Cundinamarca, Francisco de Paula Santander, quien a la sazón también ejerce como presidente de Colombia (la Grande), en ausencia de Simón Bolívar, que está muy ocupado incrementando su gloria «…que nadie se la quiere quitar…», por los lares del Perú y el Alto Perú alias Bolivia.

República de Colombia (la Grande), 1821


Comentario sobre el mapa.
Este es un excelente producto de la más alta tecnología gráfica de nuestros días, que con una sencillez extraordinaria, muestra la grandeza territorial de esa cuasi media federación republicana, que apenas alcanza a los ocho (8) años, siete (7) meses y diez (10) días de vida, contados desde la fecha de su ratificación en la Villa del Rosario de Cúcuta (1821.10.03-Mi.) hasta la de su desintegración (1830.05.13-Ju.). Por aquellos días apenas se tendrían mapas que se extendieran con algunos detalles hasta las afueras de su capital Bogotá, lo que nos hace pensar que posiblemente, de haberse tenido a mano una imagen de la magnificencia territorial como es ésta, posiblemente hubiese contribuido a que perdurara por muchísimos años más, o a lo mejor lo contrario, o sea que la República de Cundinamarca se hubiese abstenido de relegarse a simple departamento; en ambos casos sin embargo, se hubiera tenido más foco sobre aquella lejana franja costera por el Noroeste, y las enormes aguas por el levante albergando bellísimas islas, islotes, cayos y bajos, junto con inmensurables riquezas marinas y submarinas.

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1825.03.15-Ma. Tratado Molina-Gual.


También conocido con el nombre de «…Convenio de unión, liga y confederación perpetua entre Colombia y Centro América…»
Primer compromiso ineludible de Nicaragua con respecto a Mosquitos.
Firmando este tratado, las Provincias Unidas del Centro de América, a las que pertenece Nicaragua, reconocen la validez de la Real Orden de 1803 y aceptan que Colombia ejerza soberanía sobre la costa de Mosquitos y las islas de San Andrés, de conformidad y respetando el “uti possidetis iuris “de 1810[10]. Es Presidente del Departamento de Cundinamarca, alias Colombia, Francisco de Paula Santander.

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1838.04.30-Lu. Nicaragua se constituye en república independiente.

Datos importantes a recordar.
Primero: El estado de Cundinamarca, al que pertenecen las islas de San Andrés y la Costa de Mosquitos, se constituye libre e independiente veinticuatro (24) años largos antes de que Nicaragua haga su aparición en este mismo gremio de naciones soberanas.

Segundo: Cuando esto acontece, San Andrés y Mosquitos ya llevan treinta y cuatro (34) años largos integrando la Nueva Granada, alias Cundinamarca.

Tercero: En ocasión del Convenio Molina-Gual (1825.03.15-Ma., Nicaragua reconoce que susodichos territorios están bajo el dominio y propiedad de Cundinamarca, alias Colombia.

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1841.08.12-Ju. Creación del Reino Misquito.

Vergonzosa intromisión de Inglaterra.
El superintendente de Belice y el monarca misquito desembarcan en San Juan del Norte y comunican a las autoridades nicaragüenses que esa ciudad y el resto de la Costa Atlántica pertenecen al Reino Misquito.
Lene reacción de la República de la Nueva Granada, alias Colombia.
Su protesta se concentra sobre el hecho de que el superintendente británico de Belice, a bordo de una fragata de guerra, hacía desembarcar al rey misquito en diversos puntos para tomar posesión soberana y plantar su bandera. Es Presidente de la República de la Nueva Granada, alias Colombia, el conservador Pedro Alcántara Herrán.

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1841.09.10-Vi. Fundación del Protectorado Británico de la Mosquitia

Se repite la ignominiosa intromisión de Inglaterra.
Inglaterra hace saber al gobierno nicaragüense que el Reino de Misquitos es un protectorado británico cuyos límites se extienden «…desde el cabo Honduras hasta la desembocadura del río San Juan…».
Pávida reacción de la República de la Nueva Granada, alias Colombia.
En la práctica la única nación que ha ejercido soberanía sobre el territorio Misquito, durante los últimos diecinueve (19) años, desde (1822.06.23-Do.) a esta fecha, es… ¡Inglaterra! …y lo seguirá haciendo por mucho tiempo más (1905.04.19-Mi.), sin mayor reacción por parte de la Nueva Granada, alias Colombia.

Es Presidente de la República de la Nueva Granada, alias Colombia, el conservador Pedro Alcántara Herrán.


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1847.04.27-Ma. Territorio de San Andrés y Providencia.


Organizándose bajo la jurisdicción del Estado Soberano de Bolívar, las islas de San Andrés pasan a denominarse “Territorio de San Andrés y Providencia, una entidad ligada y dependiente de la República de la Nueva Granada, alias Colombia.
Importante mensaje a Nicaragua y a la C I J.
Acontecimientos de esta índole son valiosísimos mensajes al Universo entero, de la voluntad y deseos de los isleños en identificarse como parte vital del alias Colombia.
Marcado descuido de la República de la Nueva Granada, alias Colombia.
Añadir leyenda
Nuevamente, mientras que a las Islas de San Andrés se les cuida con sólo un ojo, a Mosquitos se le da la espalda entera, quedando olvidado en la nada esta vez con más ahínco.

Es Presidente de la República de la Nueva Granada, alias Colombia, el conservador Tomás Cipriano de Mosquera.


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1886.08.04-Mi. Constitución Política de la República de Colombia.


Se abole el federalismo creando un Estado unitario. En esta fecha la nación adopta como suyo el nombre República de Colombia, y felizmente así se llama hasta nuestros días. Su primer presidente es José María Campo Serrano, que venía funcionando como tal desde (1886.04.01), y gobierna hasta (1887.01.06). Desde entonces Colombia ha tenido cuarenta (40) presidentes, siendo el actual Juan Manuel Santos Calderón.
La parte triste del currículum de Colombia.
No queda duda alguna de que los frecuentes y numerosos cambios de nombre del país, doce (12) en total entre (1717.04.29 y 1886.08.04), junto con la exagerada cantidad de gobernantes, setenta y dos (72) en total hasta esta fecha (1886.08.04-Mi.), se convierte en una de las pestes que le causan tantos infortunios, puesto que lo primero que le afectan es su imagen como nación, y así a los ojos de los buitres que no faltan en su vecindario, se le ve como un patio de atrás sin identidad, carente tanto de amor propio, como voluntad y medios para defenderse, como ha quedado mencionado con anterioridad.

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1905.04.19-Mi. Tratado Altamirano-Harrison. (Inglaterra / Nicaragua).

Pasmoso descuido de Colombia.
Ilegítimamente, Inglaterra reconoce la soberanía de Nicaragua sobre Mosquitos, y Colombia no reacciona debidamente. Ya con el Tratado de Managua (1860.01.28-Sa.) entre Inglaterra y Nicaragua, la primera había renunciado a su Protectorado Misquito y reconocido la soberanía de la segunda sobre aquella costa.
Es Presidente de la República de Colombia, el conservador Rafael Reyes Prieto.

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1914.08.05-Mi. Tratado Chamorro-Bryan. (EE.UU. / Nicaragua).

Ignominioso irrespeto de los EE.UU. hacia Colombia.
En ominosas maniobras con intereses en Centroamérica, los EE.UU., en esta ocasión fingiendo su interés de construir un segundo canal por el territorio de Nicaragua, desconocen descaradamente la soberanía que Colombia ejerce sobre Mosquitos, aceptando por el contrario a Nicaragua como soberana en aquel litoral.
Sorprendente repetición de la lenidad de Colombia.
Colombia reacciona demasiado tarde y sin la debida contundencia, pudiéndose dilucidar la influencia de una falaz estratagema de los norteamericanos, que se descarará en breve (1924).
Es Presidente de la República de Colombia, Carlos Eugenio Restrepo Restrepo, de Unión Republicana.

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1924. Truncada intervención de los EE.UU. aliándose con Nicaragua.

Repetición de la ignominiosa intromisión de los EE.UU.
Por presión de Estados Unidos, Nicaragua somete a arbitraje internacional la soberanía de Colombia sobre el archipiélago de San Andrés, pidiendo la ayuda e intervención de este país. No obstante, las gestiones de los Estados Unidos fracasan, y la Cancillería colombiana rechaza la intervención estadounidense en el asunto.
Comentario.
Es insólito pensar que Colombia fuese a admitir en arbitraje la propiedad de un territorio sobre el que tiene título desde 1803. Como hemos mencionado antes, detrás de esto está la mano de los Estados Unidos en su conchabamiento con Nicaragua, para proteger sus intereses con el Canal de Panamá. Esto constituye el preámbulo de lo que sigue a continuación.

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Casilla Dos (2)

[1928.03.24-1980.02.04]


1928.03.24-Sa. Tratado Esguerra Bárcenas. (Colombia / Nicaragua).

Sobre este tratado nos pronunciamos largo y tendido en el Preámbulo, que recomendamos ver.
Grave hipocresía de EE.UU. y Nicaragua.
Existiendo el Tratado Chamorro-Bryan (1914.08.05-Mi.) registrado arriba, estos dos países engañan en connivencia vilmente a Colombia.
Comprometedora imprudencia de Nicaragua.
Firmando este tratado, Nicaragua reconoce ineludiblemente la primigenia soberanía de Colombia sobre la Costa de Mosquitos. De esto no queda la menor duda.
Es Presidente de la República de Nicaragua, el liberal Juan Bautista Sacasa Sacasa.
Error craso de Colombia.
Colombia cae en la trampa que le tienden los EE.UU. y Nicaragua, y pasándole la costa de Mosquitos a ésta última, la inspira y le brinda inaudito derecho a requerir más aguas sobre el Caribe. Sobre este desdichado tratado nos pronunciamos ampliamente con anterioridad.
Es Presidente de la República de Colombia el conservador Miguel Abadía Méndez.

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1930.05.05-Lu. Protocolo que ratifica el Tratado Esguerra Bárcenas.

Importante aclaración.
Con éste Protocolo, las partes aprovechan para aclarar que el Archipiélago de San Andrés y Providencia, que se menciona en la cláusula primera del tratado referido, no se extiende al occidente del meridiano W82. Esto a más de especificar una clara delimitación occidental de la parte que le corresponde a Colombia, también se convierte en frontera oriental de lo que se concede a Nicaragua.
Candoroso procedimiento de Colombia.
Sumida en un mar de ingenuidad, por no decir de desidia, Colombia cumple en ratificar el Tratado de 1928, que le causará la mayor cadena de adversidades en tiempo moderno hasta nuestros días. A partir de ahora Nicaragua se convierte en el mayor y más asqueroso enemigo de Colombia.
Es Presidente de la República de Colombia el conservador Miguel Abadía Méndez.

Comentario.
Adelantamos que, con la única razón de poder satisfacer las pretensiones de Nicaragua, reclamando como suyo el archipiélago Islas de San Andrés y Providencia (2001.12.06-Ju.), la C I J interpretará (2012.11.19-Lu.) a su antojo la delimitación de las aguas acordadas entre Colombia y Nicaragua.

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1945.06.26-Ma. Se establece la Corte Internacional de Justicia.


La Carta de las Naciones Unidas se firma en este día en San Francisco, al terminar la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional, y entra en vigor el 24 de octubre del mismo año. El Estatuto de la Corte Internacional de Justicia es parte integrante de la Carta.

La Corte Internacional de Justicia, también llamada “Tribunal Internacional de Justicia, es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas, y se establece en La Haya, Países Bajos siendo la continuadora de la “Corte Permanente de Justicia Internacional.

Sus funciones principales son resolver por medio de sentencias las disputas que le sometan los Estados (procedimiento contencioso) y emitir dictámenes u opiniones consultivas para dar respuesta a cualquier cuestión jurídica que le sea planteada por la Asamblea General o el Consejo de Seguridad, o por las agencias especializadas que hayan sido autorizadas por la Asamblea General de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas (procedimiento consultivo). El Estatuto de la Corte Internacional de Justicia forma parte integral de dicha Carta, situada en su capítulo XXV. En virtud del artículo 30 del Estatuto, la Corte adoptó el 14 de abril de 1978 un Reglamento mediante el cual se determina la manera de ejercer sus funciones y, en particular, sus reglas de procedimiento.

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1948.04.30-Vi. El Pacto de Bogotá.


Este pacto, también conocido como el “Tratado Americano de Soluciones Pacíficas, es suscrito por los países independientes de América reunidos en la IX Conferencia Panamericana en la ciudad de Bogotá, Capital de la República de Colombia. Su objetivo es de imponer una obligación general a los signatarios para resolver sus conflictos a través de medios pacíficos.
Imprudente ratificación del Pacto hecha por el Gobierno de Colombia.
Tanto la suscripción del Pacto (1948) por el Gobierno de Mariano Ospina Pérez, como su aprobación (1961) por el Congreso Nacional, siendo presidente Alberto Lleras Camargo, se hacen conforme a la Constitución de Colombia, pero al efectuarse su ratificación (1968) por el Gobierno de Carlos Lleras Restrepo, se comete el craso error de no especificarse la reserva de que el Pacto es inaplicable en asuntos que tocan el territorio nacional. Esta omisión acarrea los serios problemas originados por el fallo de la C I J (2012.11.19-Lu.) en el conflictivo litigio con Nicaragua.

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Casilla Uno (1)

[1980.02.04-2012.11.19]


1980.02.04-Lu. Nicaragua desconoce unilateralmente el Tratado Esguerra Bárcenas.

Asquerosas falsedades de Nicaragua.
1 - Nicaragua argumenta que por encontrarse ocupada militarmente por los EE.UU. cuando firmara el Tratado Esguerra Bárcenas (1928.03.24-Sa.), este es nulo, lo que es un colosal embuste, dado que esa presencia militar había sido acordada entre ambos países, Nicaragua y EE.UU., mediante el Tratado Chamorro-Bryan (1914.08.05-Mi.), que permitía a los norteamericanos establecer una base naval en cualquier lugar del territorio nicaragüense.

2 – Por tal motivo, Nicaragua informa que reclama su soberanía sobre todo el Archipiélago de San Andrés, lo que es una pretensión nefastamente desaforada, dado que, tal como hemos demostrado inicialmente en este estudio, la soberanía de Colombia sobre Mosquitos y el Archipiélago es incuestionable.

3 – El procedimiento de Nicaragua es solapado, habiendo esperado sesenta y cinco (65) años, cinco (5) meses y veintinueve (29) días en cambiar de opinión y desconocer el Bárcenas, aprovechándose de la entrada en escena de la C I J (1945.06.26-Ma.) y del Pacto de Bogotá (1948.04.30-Vi.), que ella sí ratifica con reservas.
Tremendos errores de Nicaragua, a favor de Colombia.
A- Nicaragua desvela abiertamente sus intenciones de querer apoderarse del Archipiélago de San Andrés y Providencia, concepto en el que ¡No se incluye a Mosquitos!

B- Despreciando el Bárcenas, Nicaragua desprecia la costa de Mosquitos, y consecuentemente se queda sin litoral alguno sobre el Caribe, y por ende pierde todo derecho sobre este mar.

C - Nicaragua está sosteniendo tácitamente, que la Costa de Mosquitos le pertenece con anterioridad al Bárcenas, lo que es totalmente falso, mostrando así su vulnerabilidad precisamente por esa costa, por la que Colombia a su turno puede atacarla con gran ventaja y seguridades de vencer.

Gobierna en Nicaragua la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional, en la que hace parte Daniel Ortega Saavedra.
Errores crasos de Colombia.
1- Conociendo las intenciones de Nicaragua, Colombia no ha debido concentrarse en exigir respeto al “Pacta sunt servanda[11]” como imprudentemente en efecto lo hace.

2- De inmediato, Colombia ha debido ¡Desconocer igualmente el Bárcenas! que es lo más lógico, inteligente y efectivo, pero así no acontece.

3- A sabiendas de lo que se avecina con las claras maniobras nicaragüenses, Colombia ha debido inmediatamente ¡Incluir una reserva en la aplicación del Pacto de Bogotá! limitando o bloqueando así la involucración de la C I J en asuntos que tocan el territorio y aguas colombianas, según lo determina la Constitución de Colombia. Pero así no lo hace.

4- Más importante aún, Colombia ha debido proceder de inmediato a ¡Reclamar la Costa de Mosquitos como suya! ante la C I J, pero así no lo hace ni se lo piensa de ninguna forma.

Es Presidente de la República de Colombia el liberal Julio César Turbay Ayala.
Comentario.
Desconocer el BárcenasLimitar el Pacto de Bogotá, y Reclamar la Costa de Mosquitos, son las maniobras que Colombia debe realizar de inmediato para no sólo Contrarrestar la ofensa de Nicaragua, sino Contraatacar ante el inminente peligro puesto en marcha por tan peligroso enemigo dispuesto a apoderarse de territorios y aguas colombianas. Tres (3) a la vista fáciles, inteligentes, viables, efectivas, y baratas maniobras que garantizarían una rápida, incruenta, honorable y perentoria Victoria.

¿En dónde están y qué es lo que ocupa los cerebros colombianos?

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1982.04.30-Vi. La Convención del Mar.


Tras nueve (9) años de intenso trabajo es aprobada en Nueva York la llamada Convención del Mar, también conocida como “Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, en la que se define con claridad, entre otras cosas lo que se entiende por Mar territorial, Zona contigua, Zona exclusiva, y Plataforma continental. Más sobre este importante tema tratamos en estudio aparte[12].
Comentario.
Esto era lo último por lo que tanto el Gobierno de Managua como el de Bogotá, estaban esperando. Para el primero la espera era halagüeña, porque aplicando las nuevas varas de medición de aguas, podrá ahora tener el chance de adueñarse de más área marina contando con más costas expuestas sobre las aguas del archipiélago. Para el segundo la espera era displicente, porque ahora, aplicándosele las mismas varas de medición, tiene el riesgo de perder valiosísima área marina estando sus costas continentales mucho más lejos de lo máximo permitido de 200 millas náuticas. De cómo medir los derechos de las islas de San Andrés, contra los derechos de la Costa de Mosquitos, es un delicado problema a ser resuelto por expertos.

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1982.08.07 – 2002.08.07 Cinco (5) serenos gobiernos de Colombia.



Belisario Betancur [1982.08.07-1986.08.07] - Virgilio Barco [1986.08.07-1990.08.07] - César Gaviria [1990.08.07-1994.08.07] - Ernesto Samper [1994.08.07-1998.08.07] - Andrés Pastrana [1998.08.07-2002.08.07]

Inaudita lenidad de cinco (5) gobiernos de Colombia.

Durante los veinte (20) años de gobierno de estos señores, elegidos democráticamente como presidentes de la República de Colombia, ninguno de ellos levanta un dedo en ninguna dirección para DesconocerLimitarReclamarContrarrestar, y Contraatacar, absolutamente nada en defensa y respeto del suelo patrio. Su actitud de pasiva espera es desastrosa, cuando perfectamente hubieran podido denunciar el Tratado Esguerra Bárcenas, y ajustar el Pacto de Bogotá incluyéndole la reserva de no ser válido para asuntos territoriales. Por el contrario, el enemigo sí sabe aprovechar el valioso tiempo para poner en marcha su avanzada treta, con el objetivo de arrebatarle a Colombia lo que más pueda de los territorios y aguas en el Caribe.

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2001.12.06-Ju. Nicaragua demanda ante la C I J soberanía sobre el Archipiélago de San Andrés y Providencia.

Asquerosas pretensiones de Nicaragua.
- Nicaragua demanda algo que nunca, en ninguna forma le ha pertenecido.

- Insistiendo en ratificar su desconocimiento del Tratado Esguerra Bárcenas, consecuentemente Nicaragua reafirma su renuncia a la Costa de Mosquitos, y por consiguiente pierde todo derecho sobre territorios y aguas en el Caribe.

- Desconociendo simultáneamente la Real Cédula de Felipe V de Borbón de (1803.11.30-Mi.), Nicaragua pretende rechazar la soberanía de Colombia sobre el Archipiélago, lo que es ajeno a este caso, a razón de todo lo que con anterioridad, iniciando nuestro estudio, reseñamos acerva de la Incuestionable soberanía de Colombia en Mosquitos e Islas de San Andrés y Providencia.

- Nicaragua no tiene ningún derecho en desconocer la voluntad del pueblo isleño, que soberanamente ha formalizado su deseo de integrarse con sus hermanos en la República de Colombia, una determinación que vale más que cualquier Real Cédula o Tratado alguno que se les quiera implantarA esto regresaremos más adelante.

En resumen… ¡La demanda de Nicaragua es completamente absurda!
Es Presidente de la República de Nicaragua: Arnoldo Alemán Lacayo de Alianza liberal.
Fatídica determinación del Gobierno de Colombia.
Habiendo Colombia aprobado y ratificado el Pacto de Bogotá, sin reserva alguna, no tiene otra alternativa que someterse al juicio legal que la C I J pone en marcha para dirimir en el litigio con Nicaragua. No obstante, teniéndose oportunidad para desconocer de su parte el Tratado Esguerra Bárcenas, y actualizar el Pacto de Bogotá con una reserva territorial, Colombia no hace nada de esto, y por el contrario opta por la nefasta alternativa de insistir en la obligación de respetar el Bárcenas por ambas partes.

Es Presidente de la República de Colombia: Andrés Pastrana Arango del partido Conservador, quien lleva en el poder tres (3) años, tres (3) meses y veintinueve (29) días. [1998.08.07-2002.08.07]


Es Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia, Guillermo Fernández de Soto, desempeñándose en el cargo durante todo el mandato del presidente Pastrana. Lógicamente Fernández se hace responsable de la fatídica determinación de escoger la cobarde línea de insistir en el respeto del Bárcenas, y permitir que la C I J entre a dirimir en el litigio con Nicaragua.


Es Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Manuel Santos. Lo mencionamos aquí a razón de que dentro de once (11) años y nueve (9) meses, convertido en presidente de la República, tendrá gran dificultad en reconocer que ha tenido cercano contacto con el enorme problema que se crea en la administración nacional, con las desaforadas pretensiones de Nicaragua. (2013.09.09-Lu.)


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2003.07.21-Lu. Colombia lleva a la C I J sus Excepciones preliminares.


Expresando su desacuerdo y no admisión de la demanda elevada por Nicaragua a la Corte Internacional de Justicia (2001.12.06-Ju.), el gobierno de Colombia presenta a esta misma Corte sus “Excepciones preliminares”, con las que confirma la validez del “Tratado de 1928” y todos los demás títulos que garantizan judicialmente su soberanía sobre el Archipiélago y sobre los límites hasta el meridiano W 82. Colombia concluye que la C I J no tiene jurisdicción para dirimir en un caso que está definido desde 1928 y que no existe un diferendo entre los dos países, sino que se trata de una insólita reclamación de Nicaragua.

Fatídico descarrilamiento de Colombia.

Insistiendo ante la C I J sobre la validez del Bárcenas, Colombia se pone la soga al cuello, dándole con ello fatales señales a esta Corte, asegurándole que las discrepancias con Nicaragua, porque según dice «…no existe un diferendo…», están sólo a nivel de un acuerdo bilateral que fácilmente puede arreglarse entre las partes, mientras que Nicaragua, muy inteligentemente, insiste en que se trata de una negociación forzada, de la que renuncia incondicionalmente. Con esto, la C I J obviamente no vacilará en concentrar su mediación con miras a encontrar un punto medio haciendo válido el Bárcenas¡Es aquí donde empieza a desvelarse el funesto alcance de la treta tendida por Nicaragua! …a quien no le conviene que por ninguna razón la disputa se vaya por el tema de la soberanía de Colombia sobre Mosquitos, porque por allí tiene todas las de perder.
Fatales yerros del gobierno colombiano.
1 – Teniéndose una magnífica oportunidad para colocar las cosas por el camino correcto, el gobierno no aprovecha para efectuar la enmienda o actualización del Pacto de Bogotá, incluyendo lo que hemos llamado reserva territorial, bloqueando así que la C I J se involucre dirimiendo en asuntos territoriales de exclusividad colombiana. En caso de que tal medida llegase a ser considerar demasiado tardía, de todas maneras quedaría constancia de la inconstitucionalidad de cualquier fallo en esta área, por lo que Colombia de antemano ya podría advertir de que sería «…inaplicable…».

2 - Más grave es aún el hecho de que Colombia de inmediato no pasa a anular el Tratado Esguerra Bárcenas, con lo que de un solo golpe podría decapitar todo chance de Nicaragua, a siquiera pensarse en derecho alguno de apoderarse de nada en el Caribe. Al no anularlo, el gobierno incurre en las más execrables dejación y lenidad, nunca antes vistas en la historia moderna de la Nación. El caso se hace extremadamente escandaloso cuando se conoce que entre los asuntos incluidos en las Excepciones preliminares presentadas por Colombia, entra la advertencia que se le formula a Nicaragua, por intermedio de la C I J, señalando que…

«…con la anulación del Tratado, Colombia podría incluso reclamar la Costa de Mosquitos, o sea, la costa nicaragüense del Caribe que fue cedida por Colombia en el mismo Tratado, e inclusive también podría reclamar mucho más territorio que esa Costa…»


Es Presidente de Colombia, Álvaro Uribe Vélez quien lleva once y medio (11½) meses en el gobierno de su primer mandato [2002.08.07- 2006.08.07]. Como hemos visto, Uribe opta por seguir la línea de su antecesor Andrés Pastrana Arango, con referencia al Bárcenas, pero esto en nada lo libra de la responsabilidad del daño que por tan pusilánime estrategia se le causará al país. Además, como veremos a continuación, Uribe se convertirá en el presidente que más daño causa al país, a razón de su falta de inteligencia para conducir honorable y favorablemente las negociaciones con la C I J.

Es Ministra de Relaciones Exteriores de Colombia, María Carolina Barco Isakson [2002.08.07-2006.07.12], quien es la responsable de aplicar, sin más ni menos, la nefasta política exterior implantada por el presidente Uribe, con la misma desvergüenza y lenidad.


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2007.12.13-Ju. Fallo preliminar de la Corte Internacional de Justicia.



La C I J establece que el “Tratado Esguerra Bárcenas de 1928, junto con su “Protocolo de 1930, es válido y por consiguiente la soberanía de Colombia sobre las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, es incuestionable, no existiendo una querella judicial al respecto. Sin embargo, queda abierta la querella sobre la soberanía de los Cayos Roncador, Serrana y Quitasueño, que no están incluidos en el tratado de 1928, por haber estado entonces en querella entre Colombia y los EE.UU. Por otra parte, la querella sobre la delimitación de las áreas marinas y submarinas, queda abierta, o sea que se declara competente para trazar una frontera marítima en lugar del meridiano W 82.
Inadmisibles irracionalidad y contradicción de la Corte de La Haya.
1 – Pese a que Nicaragua informa claramente y lo ratifica más de un par de veces, que desconoce el Tratado Esguerra Bárcenas, la C I J la obliga a respetarlo con algunas enmiendas que vendrán luego. Esto es irracional e inaceptable. De esta forma la C I J confirma sin más ni menos la soberanía de Nicaragua sobre la Costa de Mosquitos, que es precisamente lo que ha venido persiguiendo todo el tiempo.

2 - La Corte en La Haya se contradice, cuando primero establece como válidos e incuestionables el “Tratado de 1928 junto con su “Protocolo de 1930, y luego deja abierta la querella sobre la delimitación de las áreas marinas y submarinas... ¡Una delimitación claramente definida en el Protocolo! ¡Esto es inaudito, irracional, completamente absurdo e inaceptable!
Golpe de fortuna para Nicaragua.
Recuérdese que el primer paso que Nicaragua toma iniciando su felona treta, para arrebatarle a Colombia lo que más pueda en el Caribe, fue desconocer unilateralmente el Bárcenas. Una demanda que luego repite en varias ocasiones para despistar a Colombia, induciéndola a concentrar su defensa insistiendo en que Nicaragua respetara ese tratado. Por suerte, la C I J sigue la línea de Colombia y la obliga a respetar aquel tratado, como quedó anotado arriba. Suerte porque sin el litoral Misquito, Nicaragua no podría poner en marcha su megaproyecto destapado recientemente (2012.07.03-Ma.) sobre la construcción del canal interoceánico de gran calado por su territorio. En otras palabras, sin tener el Bárcenas asegurado, la C I J no podría aceptar su demanda de buenas a primeras, sin antes emprender un prolongado juicio para determinar, en qué nación reposaría la soberanías sobre ese litoral, teniendo Nicaragua todas las de perder.

Es Presidente de la República de Nicaragua, Daniel Ortega Saavedra, del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN).
Confirmación del brutal procedimiento de Colombia.
A - Este es el resultado de la descabellada insistencia de Colombia, de a todo costo hacer válido el Bárcenas, con el que regalara a Nicaragua la Mosquitia, pedazo importantísimo de litoral que ahora le brinda mayores posibilidades en el Caribe.

B – Siendo este un fallo preliminar, con el que ya claramente se indica que la C I J tiene el propósito de delimitar las aguas marinas y submarinas, entre Colombia y Nicaragua, el gobierno nacional, si es que en este haya alguien que conozca la constitución y la haga respetar, ha debido de inmediato pronunciarse dejando rotundamente claro que, de ninguna forma aceptaría que la C I J tocase para nada los límites de Colombia que ya están fijados con el Protocolo que confirma el Tratado Esguerra Bárcenas, aprobados constitucionalmente por el Congreso de la Nación. Esto como una primera alternativa, siendo la segunda pasar de inmediato a desconocer de su parte el Bárcenas de una vez por todas, despojando así a Nicaragua de la Costa de Mosquitos, y a la C I J de la herramienta con la que tiene intenciones de causarle una dolorosa herida a nuestro país. Hoy estamos sabiendo que ninguna de las dos alternativas pasara por la mente de los doctores y señores en la Casa de Nariño.

C – Igualmente, tratándose ya claramente de manipular los límites de la Nación, se ha debido efectuar de inmediato el reajuste del Pacto de Bogotá, incluyendo lo que venimos llamando de reserva limítrofe, pero infelizmente tampoco se hace.
Grotesca falsedad del presidente Álvaro Uribe Vélez.
En este mismo día (2007.12.13-Ju.), el Presidente de Colombia Álvaro Uribe, que lleva en el poder cinco (5) años, cuatro (4) meses y seis (6) días, habiendo iniciado su segundo mandato hace un (1) año, cuatro (4) meses y seis (6) días, hace una alocución a los colombianos diciendo que… «…una vez más ha quedado ratificada la unión integral de la Nación colombiana…», y que los abogados se encargarían de demostrar ante la Corte los derechos sobre los cayos, puesto que estaban debidamente preparados para defender los intereses nacionales en relación con el meridiano W82.

Un pronunciamiento que obviamente le sale del gorro de dormir, sin avergonzarse en engañar al pueblo colombiano, puesto que está sabiendo perfectamente la pusilánime forma como ha afrontado los compromisos con el Bárcenas, y su dejación respecto a las fallas del Pacto de Bogotá, que originan la inaudita intromisión de la C I J con respecto al territorio patrio, por lo que lo único que consigue es quedar en ridículo «….buscando triunfalismos donde no los hay…».

Es Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia, Fernando Araújo Perdomo [2007.02.19-2008.07.16], quien no hace las cosas mejor que su presidente. Habiéndose escapado (2006.12.31-Do.) de su cautiverio de seis (6) años en manos de las FARC, a los dos (2) meses es colocado por Uribe en este responsable ministerio, y lógicamente no tiene la menor idea, como tampoco la salud mental y la capacidad, para atender asuntos tan graves como son los que se originan con las amenazas de Nicaragua. Este típico caso de las “Corbatas” en los gobiernos de Colombia, no lo libra a él y ni a su jefe que lo nombra, de ser tildados como irresponsables en el manejo de los importantísimos compromisos y negocios de la Nación.



Es Ministro de Defensa, Juan Manuel Santos. Lo mencionamos aquí a razón de que dentro de cinco (5) años y nueve (9) meses, convertido en presidente de la República (2013.09.09-Lu.), tendrá gran dificultad en reconocer que ha tenido responsabilidades de la mayor magnitud, no sólo tomando medidas relacionadas con la protección de la gran zona del Archipiélago de San Andrés, sino en asesorar a su presidente en las estrategias estudiadas y aplicadas por la Nación, para tratar de contrarrestar la agresiva intromisión de Nicaragua, cuestionando la soberanía colombiana sobre la misma. Santos debe estar conociendo en detalle lo que implica este Fallo preliminar de la C I J, al igual que las medidas tomas tanto por el gobierno de Uribe, al que pertenece, como por los anteriores, que han originado el dificilísimo compromiso de la Nación ante lo que determine la Corte en La Haya.


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2008.06.08-Do. Informe de la Comisión Asesora en Bogotá.


Pasados cinco (5) meses y veinticinco (25) días contados del Fallo preliminar de la C I J (2007.12.13-Ju.), en Acta levantada en esta fecha en sesión de la Comisión Asesora de Relaciones Internacionales, titulada «…Informe sobre reunión celebrada en el Palacio de Nariño en relación con la demanda interpuesta por Nicaragua contra Colombia ante la C I J…», se lee la aprobación por unanimidad de la proposición del Gobierno de Colombia sobre una «…Línea media…» a ser presentada a la C I J como alternativa de frontera marítima entre los dos países, en reemplazo del meridiano W 82 supuestamente declarado inválido por ésta. Con esta alternativa que más de una simple línea, es una complicada mezcla del mencionado meridiano junto con un corte siguiendo el Paralelo N15, Colombia sacrifica las aguas conocidas con el nombre de «…Luna verde…» en donde se encuentra la langosta que se pesca de forma industrial por empresas colombianas, que pasarían a Nicaragua[13].

Los participantes y responsables en esta decisión son: El presidente Álvaro Uribe Vélez, el ministro del Interior Fabio Valencia, el canciller Fernando Araújo, el viceministro de Relaciones Exteriores Camilo Reyes, el agente de Colombia ante la Corte Julio Londoño, el embajador de Colombia en Países Bajos Francisco Lloreda, el coagente Guillermo Fernández de Soto, el asesor para las comunicaciones Jorge Mario Eastman y el grupo Territorio Insular Colombiano de la Cancillería.

El expresidente Ernesto Samper [1994.08.07-1998.08.07], es miembro de la Comisión Asesora de Relaciones Internacionales, y lo veremos pronunciarse sobre este particular en términos extravagantemente falsarios más adelante (2012.08.06-Lu.).

Funesta lenidad del Gobierno de Colombia.
Optar sin más ni menos por sacrificar más aguas, fuera de las ya pasadas a Nicaragua con el Bárcenas, es una extraña maniobra que va manchada con las tintas de la cobardía. El mensaje de la C I J de ir a dirimir delimitando las áreas marinas y submarinas, ha impactado al gobierno de Álvaro Uribe en tal forma que, en vez de proceder con denuedo tal como describimos que debería haber hecho tan pronto se conoció el fallo preliminar de la Corte, toma la falaz determinación de ir preparando mayores concesiones marinas para Nicaragua.
Inadmisible engaño del Gobierno colombiano a la Nación.
Esta información nunca fue aportada por el gobierno a la Nación, habiéndose mantenido siempre hermético en todo lo relacionado a las negociaciones del litigio con Nicaragua, pero sí fue expuesta a los Altos Mandos Militares, de los que desconocemos su pronunciamiento. Agréguese a esto el extraño procedimiento del presidente Álvaro Uribe Vélez, convocando tan sólo una vez en lo que va del año 2008 a la Comisión Asesora.
Usurpación de poder y desprecio a la Constitución por parte del presidente Álvaro Uribe.
Dos serias acusaciones que van simultáneamente dirigidas contra el presidente de turno, quien en dos ocasiones, (2002.08.07-Mi.) y (2006.08.07-Lu.), ha pronunciado las palabras: «…Juro a Dios y prometo al pueblo cumplir fielmente la Constitución y las leyes de Colombia…». Un juramento en vano porque estamos viendo que no se avergüenza en permitir que una corte externa dirima sobre los territorios patrios, lo que se agrava cuando él en persona afrenta la Carta Magna empleándola a discreción, al permitirse aplicar lo establecido en ésta cuando define la «…autonomía del Jefe de Estado en la toma de decisiones sobre la política internacional…», dándose el falaz lujo de planear arrebatarle a la Nación valiosas aguas para pasárselas a los nicaragüenses. Esto no es sólo perjurio, sino rotundamente inadmisible.

La Comisión Asesora de Relaciones Internacionales, no se escapa de hacerse responsable de las locuras del presidente que supuestamente requiere de sus consejos. De estar compuesta ésta, de ciudadanos que respeten la Carta Magna y las Leyes de la República, o siquiera personas sensatas que osaran levantar un dedo advirtiendo que las cosas van por mal camino, la Nación se hubiera librado de la enorme e irreparable tragedia que Álvaro Uribe le está causando.

Es Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia, el reinsertado prófugo de las FARC, Fernando Araújo Perdomo, de quien no se puede esperar gran cosa, además de que no tendrá otra alternativa que continuar siendo un entusiasta admirador de las pilatunas y ocurrencias de su magnánimo jefe.

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2008.11.11-Ma. Colombia presenta su primer alegato ante la C I J.


Pasados cinco (5) meses de haberse aprobado por unanimidad presidencial en sesión de la Comisión Asesora de Relaciones Internacionales (2008.06.08-Do.), la propuesta de «…Línea media…», ésta es presentada ante la C I J, cumplidos once (11) meses de haberse conocido el Fallo preliminar de aquella.
Fatal y parsimonioso procedimiento de Colombia.
Con este paso Colombia cede con lenidad al desastroso curso que ha tomado el proceso de la Corte en La Haya, y lo hace con alarmante parsimonia manteniendo las apariencias de un absoluto control y sensatez, agotando al máximo los plazos estipulados.


Es Presidente de la República de Colombia: Álvaro Uribe Vélez, quien lleva en el poder dos (2) años, tres (3) meses, y cuatro (4) días de su segundo mandato. Ya con anterioridad (2008.06.08-Do.) criticábamos vehemente su comportamiento cono presidente, sugiriéndolo como traición a la patria, lo que en este día ese presunto delito es consumado y registrado en las páginas de la Historia de Colombia.


Es Ministro de Defensa Juan Manuel Santos, quien lleva como tal dos (2) años, tres (3) meses, y veintidós (22) días. Traemos a colación a este señor, primero porque siendo el más alto responsable de la defensa de la Nación, después del presidente, ha sido uno de los confidentes asesores de Uribe, detrás de este aborto de «…Línea media…», que no sólo va contra el buen censo, sino contra la Constitución de Colombia que él también ha jurado defender. Y segundo porque en breve será quien lleve la banda presidencial terciada sobre el pecho (2010.08.07-Sá.), y entonces veremos lo extravagantemente parsimonioso como esperará el fallo de la C I J, y las peligrosas maniobras que ejecutará una vez recibido éste, colocando al país en una posición aún más difícil, a la vez que se declara irresponsable de lo «…heredado…» por su gobierno en conexión con todos estos enredos (2013.09.09-Lu.).

Es Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia, Jaime Bermúdez Merizalde [2008.06.16-2010.08.07], quien no obstante la alocada «…Línea media…» ya estuviese diseñada y pávidamente aprobada por la Comisión Asesora, antes de él entrar en funciones, también se hace responsable de su presentación a la C I J, y sus consecuencias. En caso de que Bermúdez no hubiese estado conforme con el falaz procedimiento del gobierno de Uribe, no debió aceptar el cargo, que a propósito lo cumple hasta el fin del mandato del presidente.

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2012.05.04-Vi. Concluye fase de alegatos ante la Corte de La Haya.


Nicaragua y Colombia concluyen sus argumentaciones ante la C I J, y se espera que en término de seis (6) meses dicho tribunal emita su sentencia.
Extraña estrategia colombiana, exponiendo la vulnerabilidad del país.
Con el pretexto de incrementar la importancia de la condescendiente solución, que Colombia se permite contribuir con su fatal propuesta de «…Línea media…», la delegación colombiana se concentra en reconsiderar la magnitud de ciertas islas y cayos en el área, sugiriendo que infelizmente podrían distorsionar las demarcaciones existentes, haciendo foco en un posible inintencionado bloqueo que éstas y éstos pudieran ocasionar en la salida al mar de Nicaragua.

Al entrar a ventilar datos sobre la costa continental nicaragüense, aproximadamente 541 kilómetros sobre el Mar Caribe, contra el kilometraje de las costas de las islas colombianas (difícilmente calculable), el resultado de la incursión es obviamente negativo, desvelando en primer lugar la intención colombiana de privar a su contrincante de sus proyecciones insulares marina y submarina, y más desastroso aún, exhibiendo improcedentemente la vulnerabilidad de Colombia en su archipiélago.

Es Presidente de Colombia Juan Manuel Santos, quien lleva en el gobierno un (1) año, ocho (8) meses y veintisiete (27) días, tiempo que ha empleado sólo para preparar la falaz conclusión que hoy presenta ante la C I J, siguiendo la misma mortal estrategia iniciada por su antecesor Álvaro Uribe, a quien apoyara como Ministro de Defensa, maquinando contra la Constitución de Colombia.

Es Ministra de Relaciones Exteriores de Colombia, María Ángela Holguín, persona muy correcta y trabajadora, pero como politóloga expuesta a las mañas populistas, que hace suyas, del presidente que asesora. En relación con este difícil caso de agresión a la patria, su desempeño se mantiene en el plano de la frustrante consideración sin empuje defensivo, que se acomoda muy bien a la estrategia de su presidente, de mucho verbo y pantalleo.

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2012.07.03-Ma. Proyección de un Gran Canal Interoceánico por Nicaragua.




El Congreso de Nicaragua, con mayorías controladas por el presidente Daniel Ortega, aprueba la Ley 800 de 2012, que crea la Autoridad del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua y autoriza al gobierno para fundar una empresa en la que tendrá una participación del 51 por ciento de la propiedad de las acciones, mientras que el 49 por ciento restante serán adquiridas por un aliado estratégico. De acuerdo con citada Ley, el canal deberá estar operando parcialmente en 2019, convirtiéndose en el corredor interoceánico más largo, profundo y ancho del planeta, con una inversión estimada de 30.000 millones de dólares, y capacidad para captar 416 millones de toneladas métricas, lo que representaría el 3.9 % de la carga marítima mundial.
El enemigo se destapa.
En verdad el infortunio empieza cuando determinados a procurarse, por todos los medios, un canal interoceánico entre el Atlántico y el Pacífico, los EE.UU. desprecian a Nicaragua (1902.01.18-Sá.) y se deciden por el canal que Colombia construye entonces por el Istmo de Panamá. Aun sufriendo las secuelas de esa primera pesadilla, el martirio se reanuda cuando Colombia firma el Tratado Esguerra Bárcenas (1928.03.24-Sa.), pasándole el litoral de Mosquitos a Nicaragua. Sin embargo, es ahora cuando el descarado enemigo nos lo recuerda villanamente[14].

Demostrando que estamos en lo cierto, identificamos la funesta realidad con las cinco aclaraciones que siguen:

- La mutilación de Colombia con la pérdida de Panamá (1903.11.03-Ma.), y el actual descalabro con el hurto de sus aguas en el Archipiélago de San Andrés (2012.11.19-Lu.), están íntimamente relacionados entre sí.

- El escenario y el motín son los mismos: nuestros territorios y aguas en el Caribe.

- Nuestros enemigos agresores son los mismos: los seudoaliados, todopoderosos e insaciablemente expansionistas Estados Unidos de Norteamérica, y la siempre acorralada, hipócrita y vengativa Nicaragua.

- Nuestra vulnerabilidad y hándicap son las mismas: nuestros incompetentes, anonadados e irresolutos gobernantes, siempre sumidos en embrollos partidistas, y cachondeados por criminales organizados.

- Los indicios de la ofensa con sus malignos tintes son muy similares: la asquerosamente fustigante rivalidad entre los agresores, y sus funestas consecuencias.
El por qué, de esta irrupción nicaragüense.
La gran noticia desvelando un megaproyecto con un nuevo canal de gran calado que competirá, con todas las de ganar, con el viejo canal de Panamás en fase de ampliación, tiene como objetivo primordial dar claras señales a la C I J de que Nicaragua da como un hecho irrefutable e incuestionable, de ejercer soberanía sobre la Costa de Mosquitos, que atravesará el canal, independientemente de haber denunciado el Tratado Esguerra Bárcenas. Además se dan los primeros indicios sobre las cuantiosas dimensiones del proyecto, que requerirá enormes áreas marinas y submarinas adicionales. Un horroroso descalabro colombiano en aguas de San Andrés, se avista en el horizonte.

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2012.08.06-Lu. Nueva sesión de la Comisión Asesora en Bogotá.


Conociéndose en Bogotá las pretensiones de Nicaragua sobre cerca de 50.000 kilómetros cuadrados de mar, que hoy son de Colombia, la Comisión Asesora de Relaciones Internacionales, reunida en el Palacio de Nariño, saca como conclusión, no aceptar las pretensiones de Nicaragua sobre el archipiélago Islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
Un expresidente destapa la funesta posición y los embustes de la Comisión Asesora.
El expresidente Ernesto Samper [1994.08.07-1998.08.07], miembro de dicha Comisión, comenta que: «…Para nosotros las pretensiones que tiene Nicaragua sobre cerca de 50.000 kilómetros cuadrados de mar, que hoy son de Colombia son absolutamente inaceptables…», un comentario agropecuario ineludible, porque otro sería fatal. Sin embargo destapa la posición de la Comisión que Raimundo y todo el mundo ya están conociendo, de mantener a todo costo el meridiano W82 como límite, y luego miente descaradamente sobre una «…línea intermedia…», sobre la que dice:
«…Se ha planteado una línea intermedia entre el archipiélago y Nicaragua, que representaría correr el límite más hacia el occidente, y va seguir insistiendo en esa pretensión porque es la que corresponde al derecho internacional y los títulos históricos, que tiene Colombia no solo sobre San Andrés y Providencia sino sobre los cayos que conforman el archipiélago, y por supuesto sobre el mar que separa los dos países…».

Lo de mover el límite hacia el «…occidente…», o sea hacia el poniente acercándolo más a la Costa de Mosquitos, es una completa barbaridad y embuste de Samper, que no sólo ha sacado del gorro de dormir, sino que él aún no ha despertado, ignorando el pronunciamiento de la C I J. en relación con Meridiano W82 (2007.12.13-Ju.), de reajustar la línea limítrofe pero no precisamente a favor de Colombia, siendo ésta la razón por la cual la Comisión Asesora a la que él pertenece, se permite la desvergüenza de apoyar la «…Línea media…» para compensar a Nicaragua, sacada del puño de la camisa del presidente Uribe hace cuatro (4) años (2008.06.08-Do.); un horroroso escándalo ya desvelado por nosotros a su debido tiempo, completamente ajeno al «…derecho internacional y los títulos históricos, que tiene Colombia…».

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2012.08.15-Mi. Comprometedor pronunciamiento del agente nicaragüense ante la Corte de La Haya.

El fatídico abogado Argüello.
Mientras que en Nicaragua se inician estudios técnicos para el megaproyecto de un nuevo canal, y cuando ya Colombia no puede adelantar actuación procesal alguna, en declaraciones al oficialista Canal 4 de la Televisión de Managua, Carlos Argüello Gómez, de nacionalidad nicaragüense, en su calidad de agente de ese país ante la C I J en La Haya, acusa a los gobiernos de Costa Rica y Colombia de querer «…adueñarse…» de cualquier posibilidad de un canal interoceánico nicaragüense de gran calado. Sus palabras textuales son:
«…Las pretensiones de Colombia y Costa Rica tienen un mismo origen y es el deseo de adueñarse de cualquier posibilidad de un canal por Nicaragua, eso fue el origen de todo esto. La pretensión de Colombia es cercenar a Nicaragua miles de kilómetros cuadrados de la plataforma marítima en el Caribe…».
Con esta declaración, que en verdad es una confesión, el mismo Argüello involucra el tema del canal interoceánico como parte del litigio con Colombia. Estando acordado el canal entre Nicaragua y China contando con aguas en discusión, el agente nicaragüense, como mínimo debe poner en conocimiento de los jueces de la Corte este hecho.

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2012.09.06-Ju. Memorando de entendimiento para un canal en Nicaragua.


Nicaragua firma un memorando de entendimiento con la empresa china HK Nicaragua Canal Development Investment Company, para la construcción de un canal interoceánico de gran calado entre el Caribe y el Pacífico, una obra que tomará unos diez (10) años y costará 30,000 millones de dólares. El memorando es firmado por el Ministro Presidente de la Autoridad del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua, Manuel Coronel Kautz, y el titular de la compañía china Wing Jang.

El presidente Daniel Ortega informa que habiendo sido aprobado el proyecto por el Parlamento, el Estado nicaragüense autoriza a la empresa H K N D, constituida en Hong Kong, para estructurar y gestionar la financiación y construcción del canal interoceánico, para lo que ya ha buscado financiación con Brasil, China, Rusia y Venezuela, para empezar.

La zona de construcción del canal será declarada de utilidad pública y el Estado indemnizará a los dueños de los terrenos afectados en un plazo no mayor de 10 años, de común acuerdo entre las partes. No obstante, se están estudiando seis (6) posibles rutas para construir la infraestructura y todas pasan por una parte del Lago Cocibolca, incluida una que pasa por el río San Juan, de soberanía nicaragüense. Actualmente tres (3) compañías holandesas realizan estudios de "pre-factibilidad".
Triunfo geoestratégico chino.
China, uno de los cinco (5) principales usuarios del canal de Panamá, y hoy día potencia económica, consolida así su presencia como parte interesada y se convierte, después de largas y hábiles negociaciones, en dueña del 49 por ciento de un canal interoceánico que estará ubicado en el llamado patio de atrás de Estados Unidos, a través del cual no solo podrán transitar barcos privados de comercio y turismo, sino navíos de bandera china de cualquier tipo y calado.

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2012.11.17-Sá. El Vicepresidente irrumpe en el silencio antes de la tormenta.


Angelino Garzón, Vicepresidente de la República de Colombia desde (2010.08.07-Sá.), anuncia desde San Andrés, en un coloquio con las autoridades locales, que el Estado diseñará políticas con enfoque diferencial hacia ese archipiélago, que está pendiente del fallo que la Corte Internacional de Justicia de La Haya leerá el próximo lunes sobre sus límites marítimos, y promete una nueva política para el archipiélago de San Andrés. Citamos parte de sus palabras:

«…El Estado colombiano tiene que mirar con rostro humano y con otro corazón y otra visión a la población de San Andrés…»

El vicepresidente escucha los reclamos y necesidades de la población raizal, que aspira a tener autonomía territorial y sin injerencias, después de tantos siglos vinculados a distintos países, lo que Garzón considera «…válido…», comprometiéndose a elevar estas demandas ante el Presidente de la República, Juan Manuel Santos, y al Congreso, admitiendo que en muchas ocasiones en Bogotá se desconoce lo que sucede en las regiones.
¿Pataleada de agonizante?
Sin lugar a dudas. Viendo venir el desastre allende el horizonte, el vicepresidente está en su obligación de por lo menos prevenir discretamente a la población insular, por lo que se le reconoce el denuedo en poner la cara. Pero la agenda populista que trae en su portafolios, cargada de promesas a última hora, es todo un insulto a los que olvidados durante siglos, vendrán a sufrir el horrible impacto que los capitalinos sobre los grandes Andes tan solo lo sentirán, por las críticas en la prensa y la televisión. Sólo a la ahora 25, cuando el negocio ya está perdido con la pusilánime estrategia mantenida por los gobiernos de Colombia, suenan los tambores que llaman a la solidaridad y mutua consolación. Aquí lo que más vale, y no está inducido por extraños, ni políticos de pacotilla, es el gran deseo de los isleños de librarse para siempre del eterno desdén recibido de Bogotá.
Islas de San Andrés y Providencia, libres y soberanas.
¡Claro que sí! Pero no de cualquier forma. El archipiélago no tiene los recursos, ni la infraestructura, ni los habitantes, ni las más esenciales bases, ni conocimientos para lanzarse en una vida emancipada. A esto volvemos más adelante con una sugerencia entre los parámetros de lo posible, de lo justo, de lo saludable, de lo razonable, y de lo nuestro entre hermanos.

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Casilla Tres (3)

[2012.11.19-2013.09.09]


2012.11.19-Lu. Fallo de la Corte Internacional de Justicia en La Haya.


La Corte Internacional de Justicia en La Haya, falla la demanda de Nicaragua (2001.12.06-Ju.), con la que pretendía que el archipiélago Islas de San Andrés y Providencia le pertenecía, y que su plataforma continental extendida llegaría casi hasta las costas de Colombia. La Corte falla en contra de la mayoría de las pretensiones de Nicaragua, obligándola a respetar el Tratado Esguerra Bárcenas (1928.03.24-Sá.) con modificaciones, entre las que entra una clara delimitación de las aguas en litigio, otorgándole a ese país unos 75.000 kilómetros cuadrados de mar, en aguas internacionales que hacen parte de la Zona Económica Exclusiva de Colombia. Entre lo que Nicaragua gana está una parte de la reserva de la biósfera reconocida por la UNESCO, llamada Seaflower, sujeta a estrictas normas de conservación ambientales. Un estudio detallado del fallo en toda su extensión y sus consecuencias, junto con información sobre el procedimiento aplicado por la C I J, lo presentamos en estudio aparte[15].
Las ganancias de Nicaragua.

Los datos anteriores sobre porcentajes y áreas notificados por los expertos, están calculados teniendo como un hecho que Nicaragua cuenta con la Costa de Mosquitos y sus aguas sobre el Caribe, que Colombia le entregara en conexión con el Tratado Esguerra Bárcenas, antes de efectuarse el fallo, lo que es totalmente erróneo, puesto que antes del Fallo preliminar de la C I J (2007.12.13-Ju.), Nicaragua había rechazado este tratado (1980.02.04-Lu.) y por consiguiente no contaba con ese territorio y sus aguas. Respetando el Bárcenas que le obliga la C I J, siendo una parte del fallo, Nicaragua recobra ese territorio y sus aguas. O sea que los datos anotados arriba y divulgados a los cuatro vientos, no son correctos.

Hablando entonces con cifras más correctas que tentativas, tenemos que la Corte de La Haya le confiere a Nicaragua 40.575 kilómetros cuadrados de tierras correspondientes al Litoral de Mosquitos, más un total de 135.116 kilómetros cuadrados de aguas en el Caribe.
Aclaración.
Para el cálculo del área del litoral Mosquito, y de las aguas en el Mar Caribe, partimos de los siguientes datos tomados del Depósito de documentos de la FAO:

«…La República de Nicaragua se localiza geográficamente entre los 10°45’ y 15°15’ de latitud norte y entre los 83°00’ y 88°00’ de longitud oeste. La costa del Mar Caribe tiene una longitud de 541 Km. …»


Basándonos en datos históricos calculamos el ancho medio del litoral Mosquito, en 75 km., y mediante cálculos propios, la distancia media entre la costa y el meridiano W82, en 112,12 km.
Las pérdidas de Colombia.
La C I J fue complaciente con Colombia haciendo respetar el Tratado Esguerra Bárcenas por Nicaragua. O sea que Colombia pierde lo que Nicaragua gana. Ese es el resultado de la absurda y pusilánime estrategia, llámesele conducta o procedimiento de los gobiernos colombianos, como ha quedado reseñado a lo largo de este capítulo.

Distribución de aguas después del fallo.

Comentarios al mapa.
En este excelente mapa se puede observar la complicada disposición de las aguas, determinada por la Corte de La Haya, llamando especialmente la atención la marginada posición en que quedan los cayos al norte del Paralelo N14, separados de las otras islas del archipiélago, envueltos en aguas que pasan a Nicaragua, y por el Sur, la circunvalación en torno a las islas e islotes, colocándoles por su espalda, aguas que igualmente pasan a Nicaragua. Por otra parte también se puede ver la importante área de aguas al norte del Paralelo N15, entre los Meridianos W80 y W82, en forma de trapecio, recordando la «…Línea media…» que con otras dimensiones, el gobierno del presidente Álvaro Uribe extrañamente ofreció pasarle a Nicaragua antes del fallo de la C I J (2008.11.11-Ma.).


gggggggggg

Sin honor y sin mar en las garras del infortunio.

Desde ese trágico 19 de noviembre, es realmente exhaustivo lo que se ha producido sobre el fallo de la C I J, sobre la afrenta a Colombia, sobre el asqueroso proceder de Nicaragua, sobre sus maléficas intenciones de continuar acaparando más aguas, sobre ese desastroso Pacto de Bogotá, sobre los grandes esfuerzos del gobierno para encontrar una salida del infortunio, las alianzas que se hacen con los países vecinos en el Caribe, los valiosísimos contactos que se hacen en el exterior, los formidables planes secretos del gobierno, los magníficos y costosísimos expertos acoplados en la dificilísima tarea de socorrernos, sobre la solidaridad que el gobierno y toda la nación tiene ahora para con los insulares, sobre las grandes inversiones para lo uno y lo otro en el Archipiélago, etc., etc., pero muy poco sobre las medidas que se recomiendan tomar para tratar de arreglar las cosas en alguna forma.

Por el contrario, hemos sido sorprendidos por cuatro sucesos que han venido a complicar la ya precaria posición de Colombia de la forma más inesperada, sobre los que tratamos en este capítulo.


Casilla Cuatro (4)

[2012.11.27-2013.09.09]

2012.11.27-Ma. Colombia se retira del Pacto de Bogotá.



El presidente Juan Manuel Santos anuncia que Colombia se retira del Pacto de Bogotá (1948.04.30-Vi.) que le concede jurisdicción a la Corte Internacional de Justicia de La Haya para dirimir conflictos limítrofes entre los países del mundo. El aviso correspondiente fue entregado al secretario general de la Organización de los Estados Americanos, dice Santos al inicio de un foro del Gremio de los Cafeteros en Bogotá, comentando que «…nunca más nos debe volver a suceder lo que sucedió con el fallo del 19 de noviembre…», y agrega a forma de explicación que…
«…La decisión que he tomado obedece a un principio fundamental: los límites entre los Estados deben ser fijados por los propios Estados. Las fronteras terrestres y los límites marítimos entre los Estados no deben quedar en manos de una corte sino que deben ser fijados de mutuo acuerdo por los Estados mediante tratados. Este principio esencial es compartido por países en diferentes continentes del mundo que han tomado la misma posición que ahora adopta Colombia…»
Desatinadas palabras de Santos a posteriori del descalabro en San Andrés.
Ocho (8) días después del fallo de la C I J (2012.11.19-Lu.), el presidente Santos, que lleva dos (2) años, tres (3) meses y siete (7) días en el poder, aparentemente se ufana denunciando el Pacto de Bogotá (1948.04.30-Vi.), una medida que llega demasiado tarde, con la que no se gana nada, y por el contrario viene a destruir los pocos canales que le quedan a Colombia para, manteniendo por lo menos la cara en alto, hacer un último intento de vindicar el Honor de los colombianos, perdido precisamente por las desatinadas maniobras tomadas por sus gobernantes.

Lo que ha debido hacer Santos era enmendar el Pacto de Bogotá introduciéndole la reserva territorial mencionada varias veces; un chance que ahora se pierde por completo. Pero lo que sí sigue vivo y escociendo en nuestros adentros, son esas palabras suyas con aquello del «…Principio fundamental…» que ahora nadie entiende, toda vez que en la realidad muy poco corresponde con eso de haber «…jurado a Dios y prometido al pueblo cumplir fielmente la Constitución y las leyes de Colombia…».

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Casilla estancada

[2013.09.09- ¿? ¿? ¿?]

2013.09.09-Lu. Estrategia Integral de Colombia frente al fallo de La Haya



En alocución a la Nación, el Presidente Juan Manuel Santos presenta lo que llama Estrategia Integral de Colombia frente al Fallo de la Corte Internacional de Justicia en La Haya. Luego de una corta introducción, en la que recuerda lo que el gobierno ha hecho para paliar los efectos del fallo de la C I J en el pueblo isleño, pasa a presentar el resultado obtenido por él «…con el apoyo de reconocidos abogados nacionales y extranjeros…», resumido en los cuatro (4) puntos siguientes.

1 – Se decide que el fallo de la C I J no es aplicable sin un tratado.

2 – Se consolida el archipiélago a través de la declaración de una Zona Continua Integral.

3 – Se determina avanzar en la protección ambiental y social de la Reserva Seaflower.

4 – Se decide frenar con contundencia las ambiciones expansionistas de Nicaragua.

Aparte de estas cuatro medidas, que Santos explica muy someramente, agrega que el gobierno se reserva el derecho de hacer uso de los recursos que existen ante la Corte Internacional de Justicia, y de tomar otras acciones que mantiene en secreto. Además, que ninguna de las decisiones tomadas impide la pesca de quienes en el área, lo hacen como medio de subsistencia para ellos y sus familias.

No precisamos de muchas líneas para presentar una alocución que a primera vista parece concebida con las mejores intenciones, tratando de temas de alta actualidad e importancia, con cierto barniz de consideración y aprecio para con el auditorio, siendo transmitida por televisión aunque no al vivo ni en directo. Pero infelizmente, poniendo atención al mensaje conciso que aporta sus palabras, y tratando de dilucidar lo que va entre líneas, lo primero que impacta es la total ausencia de la modestia, la cordura y el respeto.
Horroroso vilipendio de Santos al pueblo colombiano.
Analizamos algunos trozos del discurso, como sigue;
«…Colombianos:

Todos los habitantes de nuestro país seguimos indignados por el fallo de la Corte Internacional de Justicia. A nuestro gobierno –que heredó el manejo de un proceso que llevaba más de una década– le correspondió recibir el fallo y tomar las medidas para enfrentar la situación que generó…»

Santos elude responsabilidades. Sugiere haber heredado algo horrible, ineludible, desconocido e inesperado, y que encima de todo por desgracia le tocó afrontar. Recuérdese que Santos fue Ministro de Hacienda y Crédito Público [2000.08.07-2002.08.07] en el gobierno de Andrés Pastrana, cuando Nicaragua demanda ante la C I J soberanía sobre el Archipiélago de San Andrés y Providencia (2001.12.06-Ju.), e hizo parte del fatídico gobierno de Álvaro Uribe, como Ministro de Defensa [2006.07.19-2009.05.22], cuando se recibe el Fallo preliminar de la C I J (2007.12.13-Ju.), y convertido en confidente asesor de Uribe, está detrás del aborto de la oferta con la «…Línea media…» presentada a la C I J (2008.11.11-Ma.). O sea que Santos no sólo debe estar muy al tanto de los serios problemas de la Nación, sino que ha sido uno de los que se los genera. La impresión que de entrada se tiene con estas primerísimas palabras, es que Santos desvergonzadamente se aventura por la tangente de la hipocresía.
«…Diseñamos y pusimos en marcha un ambicioso plan de inversiones en beneficio de los sanandresanos, con programas en materia de salud, de educación, de vivienda, de tecnología, de infraestructura, de energía, y fortalecimos la protección y el apoyo a la comunidad pesquera. Estas inversiones –que decidimos en conjunto con los isleños, atendiendo sus prioridades– más que duplican la inversión anual histórica en este departamento. Ya son una realidad y se vienen ejecutando a buen ritmo. El objetivo es hacer del Archipiélago una región sostenible que brinde oportunidades de desarrollo a su población…»

¿Por qué hecha esto en cara de los sanandresanos? Con esto está en primer lugar, corroborando que en efecto sí estaba muy al tanto de la horrible tragedia que se le venía encima a los colombianos, y segundo que extravagantemente, se ufana de consolar con limosnas a los más marginados por el gobierno, porque el fallo en sí no arrincona ni discrimina a nadie. En vez de esto ha debido tomar oportunamente medidas inteligentes, apropiadas, verdaderamente decisivas, catalizadoras, o profilácticas, que por el contrario sí le hubieran aportado a la Nación, por lo menos un justo chance de acomodarse con respeto, a una posición menos desventajosa, porque él sí tuvo la oportunidad de hacerlo desde el primerísimo día que juró la Constitución haciéndose presidente (2010.08.07-Sá.). Entonces ha debido dirigirse abiertamente a la C I J, anunciando con contundencia y respeto que su gobierno tomaría distancia de cualquier compromiso no permitido por la Constitución de Colombia, pero que sería estudiado y evaluado como corresponde, antes de siquiera atreverse a pronunciarse al respecto. Santa medida que nos hubiera ahorrado largos años de incertidumbre, de especulación fatídica, de abominable ofensa sin razón alguna. Pero como vemos, Santos no tuvo el denuedo, tampoco la vocación, mucho menos la inteligencia para concebir y ejecutar tan lanzada, aún tan sencilla y barata maniobra, prefiriendo mantenerse cómodamente a la expectativa durante tres (3) años, para hacerlo hoy (2013.09.09-Lu.), de insolente manera colocando al país en una inmerecida, vergonzosa y delicada situación.
Santos ofende a los colombianos con su necedad y desatino.
Colombia, representada por sus gobiernos de turno durante un largo proceso de desavenencias y discrepancias con Nicaragua, aceptó voluntariamente la mediación de la Corte de La Hay, en pos de la paz y harmoniosa convivencia, y cumplió rindiendo a su debido tiempo, toda la documentación, comprobantes, argumentos, descargos, etc., como se llamen en la lengua de la, jurisprudencia, para colaborar con los buenos oficios de la C I J, e inclusive se tomó la delicadeza, hágame Ud. el favor, de lucirse agregando la sorpresiva e inaudita oferta, de compensar a su contrincante pasándole valiosísimas aguas adicionales a las ya concedidas en un pacto entre las partes, que insistió en mantener vigente. Nadie levantó entonces un dedo, ni dijo una sola palabra sobre la inconstitucionalidad de nada. Además, eso de mantener desinformado al pueblo colombiano de lo que se tramaba sobre sus cabezas, como es de tradición en lo cotidiano de nuestro enmaniguado folclor, se aguantaba con paciencia a sabiendas de lo imposible y hasta absurdo, que siempre ha sido esperarse solidaridad, mucho menos respeto, de los engominados calienta-poltronas en el Palacio de Nariño.

Manteniéndose Santos cómodamente en silencio y en espera del fallo de la Corte, confirmaba que respetaba y estaba conforme con todo lo adelantado ante la C I J por sus predecesores. Colombia, con los oficios y por la voz de sus gobiernos de turno, se había comprometido ante todas las naciones del planeta Tierra, en respetar y cumplir lo que esta Corte definiera, inapeable e irreversiblemente. Y así llegó por fin el por todos esperado fallo y… ¡Se armó el desastre! Destapándose la hoya, el primero en protestar fue el marginado pueblo. Súbito, el gobierno, y con él, Raimundo y todo el mundo con un empleo público, se alarmó por la inconstitucionalidad de la sentencia, la inconstitucionalidad del procedimiento, la inconstitucionalidad de un pacto, y… ¡Habló el señor presidente! …ante una Nación convulsionada, aunque se tomó un tiempito en redactar su laudo:
«…Todos los habitantes de nuestro país seguimos indignados por el fallo de la Corte Internacional de Justicia…»

De inmediato se puso en marcha una verdadera batería de generosos programas diseñados de antemano, con lluvia de limosnas de compensación para unos y sobornos para otros. Pero, ¿Indignados por qué? Ya vimos que en la práctica el fallo resultó más favorable para Colombia que para Nicaragua, y de inconstitucional no tiene ni una sola coma. El mismo presidente lo confirma, pero primero se empeña en repetir lo que todo el mundo ya sabe de memoria, posiblemente porque él apenas se está dando cuenta de ello:
«…A mí me eligieron para defender y hacer cumplir la Constitución de Colombia…»

¡Qué denuedo! …y demostrando que había aprendido la lección, como gran cosa cita lo que dice el artículo 101 de nuestra Carta Magna:
«…los límites señalados en la forma prevista por esta Constitución sólo podrán modificarse en virtud de tratados aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el Presidente de la República…»

…y repitiendo nuevamente por la comisura izquierda de la boca, que tiene «…la obligación de respetar este mandato de nuestra Constitución y lo que ha dicho la Corte Constitucional…», se lo recalca él mismo con lo que se le escapa por la derecha, desvelando que a pesar de todo aún no está debidamente convencido de lo que debe hacer:
«…El fallo de la Corte Internacional de Justicia no es aplicable –no es y no será aplicable– hasta tanto se celebre un tratado que proteja los derechos de los colombianos, tratado que deberá ser aprobado de conformidad con lo señalado en nuestra Constitución…»

Claro que no es aplicable así no más de sopapo, y nadie se lo está esperando, ni mucho menos exigiéndoselo a Colombia, pero eso sí, que se celebre ese fenomenal tratado «…que proteja los derechos… etc., etc. …». Santos se dirige al auditorio tratándolo de idiota, cuando aquí todo indica que el único que no entiende nada, es él solito.

¿Pero de dónde ese talante amenazador, altanero y embaucador? ¿Y contra quién va? No será contra la C I J aunque pudo haber tenido ciertas fallas discrecionales. ¿Será contra Nicaragua? Contra ella la animadversión está en otro plano. ¿Irá entonces contra los gobiernos anteriores? Es muy posible, pero entre personas decentes aplicamos aquello que nos enseñaron nuestras abuelas: ¡La ropa sucia se lava en casa!  No señor, esto no es otra cosa que un eructo de un hijo de papá envalentonado, y con ello ofende a toda la Nación.

¡Que se celebre entonces «… ese tratado que proteja los derechos de los colombianos…», respetando los compromisos adquiridos por sus gobernantes en nombre de Colombia!  ¡Que se apruebe «…de conformidad con lo señalado en nuestra Constitución…»! …y… ¡Que se deje vivir en paz a la humanidad entera! ¡Así de fácil es!

Pero no para Santos. No señor. Porque después de haber cometido la bestialidad de retirar a Colombia del Pacto de Bogotá (2012.11.27-Ma.), luego lo demanda ante la Corte Constitucional colombiana (2013.09.12-Ju.), y él mismo se pregunta «… ¿Para qué? …», y más cándida que curiosamente él mismo se responde:
«…Para que reafirme la tesis de que los límites marítimos de Colombia no pueden ser modificados automáticamente por un fallo de la Corte de la Haya…»

Esto no es una broma. Lo que acontece es que el presidente aún no está bien seguro de que todo lo traído por él a colación, y repetido tantas veces, sea realmente cierto, o… ¿Será posible que se esté esperando, que esta Corte se salga con otra cosa, y que al final de cuentas el horroroso fallo, mediante su bendición Urbi et orbi, se pudiera aplicar de inmediato?

El resultado de todo este tejemaneje de Santos, es poner en ridículo a los colombianos cantando a los cuatro vientos nuestro famoso y patentado paradigma: «…En Colombia las leyes y los pactos, se respetan pero no se cumplen…».

El resto de las decisiones mencionadas en la Alocución de Santos, 2, 3 y 4, llegan demasiado tarde, pudiendo haberse tomado desde hace muchos años, sin necesidad de estar en conflicto con nadie, y sin primero tener que convertirlas en vendajes para una víctima asaltada por bandoleros, y mucho menos en limosnas o chantaje a un pueblo marginado. En éstas va el grueso del insulto que Santos lanza en la cara a los colombianos, con mayor ensaño a los sanandresanos, por lo que sus últimas palabras ha debido callárselas por decencia y consideración para con su auditorio:
«…seguiré cumpliendo fielmente con nuestra Constitución, tal como lo juré ante Dios y lo juré ante ustedes, con todo el compromiso, con todo el esfuerzo, con toda la contundencia…»
La Estrategia Integral de Santos, acarrea serios problemas a Colombia.
Que los nicaragüenses, con su política inescrupulosamente expansionista, se hayan convertido en una peste para Centroamérica, es un hecho indiscutible. Pero hay que reconocer sin embargo que, tal como acontece con ladrones comunes y corrientes, por descuido se les bridó nuestro “patio de atrás” completamente abandonado, y así tuvieron la inspiración y los motivos para apoderarse de éste. Además, con la arriesgada forma que se adopta para amortiguar sus infracciones, azuzando a todo el vecindario contra ellos, solo se consigue retarlos a superar sus fechorías, optando ellos por métodos aún más agresivos y humillantes.

Lo más destructivo en este tobogán de infortunios, muy lamentablemente ha sido producido en nuestra propia casa. Demandando el Pacto de Bogotá, se dieron señales concretas de una fatal desconfianza, no contra la C I J, o Nicaragua, sino en contra de nosotros mismos. A la vez se toca a generala para pasar a la ofensiva, arengando al pueblo con palabras del propio presidente declarando su «…clara y firme…» posición de no respetar lo decidido a ser cumplido, de crear zonas de fortificación para lo uno y para lo otro, de optar por dar alarmas por todos los medios y a deshoras, llegando inclusive hasta el mismísimo muro de los lamentos del mundo globalizado, en el templo de las Naciones unidas, y con ínfulas de combatiente con experiencia de patrullero por las aguas ahora amenazadas, el primer mandatario de Colombia reitera que lo que jurara como Ministro de Defensa, ahora lo va a «…proteger hasta las últimas consecuencias como presidente…». Esto no es otra cosa que echar al vuelo las campanas llamando a tomar las armas.

Está claro que como ciudadanos solidarios, o como soldados de la Patria, queramos unos, y debamos otros, salir en defensa del territorio nacional. Pero recuérdese que ese territorio que ahora se quiere señalar como usurpado, lo han entregado por pedazos al presunto agresor, felona y voluntariamente, nuestros propios gobernantes. Eso ha quedado demostrado en las largas páginas de este estudio. Entonces… ¿De quién o quienes deberíamos realmente defendernos?

Terminando esta extensa interpelación debemos agregar que, en medio de tantos desaciertos nos queda la impresión de que esta tardía reacción de Santos, ha sido impulsada a razón de tenerse noticias de algo que de todas maneras ha de suceder, y no quedando otra alternativa, o menos que perder, quedaría en su lugar golpear antes de ser noqueados, como veremos luego.

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2013.09.12-Ju. El Pacto de Bogotá es demandado por Santos ante la Corte Constitucional.


Tal como el presidente Santos lo anunciara hace tres (3) días, hoy jueves 12 radica ante la Corte Constitucional de Colombia el Pacto de Bogotá, con el propósito de recibir de ésta, como él mismo lo explica, ratificación de que…
«…los límites marítimos de Colombia no pueden ser modificados automáticamente por un fallo de la Corte de la Haya…».
Los colmos de la insensatez y la ridiculez, consumados por Santos.
Esta determinación ya la cuestionábamos a su debido tiempo, atreviéndonos inclusive a considerarla como una broma de su parte, porque tratándose en efecto de algo tan banal como es una mera consulta, al utilizarla él como si se tratase de un paso en extremo valeroso o en alguna forma extraordinario, su efecto a la luz del día resulta verdaderamente ridículo.

Estudiando la demanda un poco más de cerca, salta a la vista e impacta la inseguridad que tiene Santos sobre lo estipulado en la Constitución, que ya con anterioridad ha jurado respetar y cumplir más de un par de veces. Súmesele a esto, las grandes dudas, y alarma por cierto, que genera en los ciudadanos, cuando al encontrarse la Nación ante una situación extremadamente difícil, ven a su presidente comportándose y procediendo de una forma poco sensata, como es desvelar que su gobierno, después de haber tomado medidas drásticas, severas y excepcionales para contrarrestar los efectos de una adversidad constatada, no se había cerciorado previamente, consultando con la mencionada Corte, si en realidad se hacían necesarias tales medidas, y si éstas a su turno también fueran constitucionales. Un grave e inadmisible error de procedimiento.

Además, de aceptarse esta consulta de Santos, como un acto de prudencia, digno de admiración como él mismo lo pretende calificar, simultáneamente se descalificaría la razón de la existencia y funciones de la Corte Constitucional, dando a entender que ella sólo saldría en defensa de la Constitución, y la Nación, cuando se le eleva una demanda sobre, o contra algo que supuestamente le incumbe, lo que es rotundamente falso e injusto. En otras palabras, encontramos superflua esta demanda del Pacto de Bogotá, radicada por Santos ante citada Corte, y calificamos de insensata y calamitosa la forma pública como lo hace.

Sumando podemos constatar, que Santos ha debido ser más sensato y discreto, con sus desatinadas maniobras populista y reeleccionistas.

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2013.09.16-Lu. Colombia es nuevamente demandada por Nicaragua ante la C I J.


Nicaragua presenta ante la Corte Internacional de Justicia, una nueva demanda contra Colombia, como parte integral de un proceso de establecimiento de los límites marítimos de Nicaragua en el Caribe, cuya primera fase culminó con la anterior sentencia de fecha (2012.11.19-Lu.), recordando que ya desde el Fallo preliminar de la Corte (2007.12.13-Ju.) se advertía que la querella sobre la delimitación de las áreas marinas y submarinas, quedaba abierta. El texto del comunicado nicaragüense en este día, empieza con las siguientes estrofas:
«…El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional informa al pueblo de Nicaragua y a la comunidad internacional que en la tarde de hoy presentó una demanda en contra de la República de Colombia ante la Corte Internacional de Justica, órgano judicial principal de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

La demanda fue presentada como parte integral de un proceso de establecimiento de los límites marítimos de Nicaragua en el Caribe cuya primera fase culminó con la Sentencia dictada por la Corte Internacional de Justicia el 19 de Noviembre de 2012.

La demanda nicaragüense que ha sido elaborada en concordancia plena con lo establecido en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, principios del derecho internacional, derecho consuetudinario y práctica de los estados, solicita a la Corte Internacional de Justicia que falle y declare el "rumbo exacto" de la frontera marítima entre Nicaragua y Colombia en las zonas de la plataforma continental que pertenecen a las Partes más allá de los límites determinados por la Corte en su sentencia del 19 de noviembre de 2012. Esta demanda tiene por propósito terminar de definir los espacios marítimos de Nicaragua que limitan con Colombia en el Caribe, sin perjuicio de los derechos de terceros estados.

La posibilidad de una negociación bilateral sobre este tema, que había quedado pendiente de resolución definitiva en la Sentencia del 19 de Noviembre de 2012, se ha visto impedida por la reacción de Colombia a dicha Sentencia que ha sido ampliamente difundida por ella y es del conocimiento de la comunidad internacional. Lo anterior sumado a la denuncia del Pacto de Bogotá por parte de Colombia, que es el instrumento que sirvió de base jurisdiccional a la Corte en el caso anterior, han constreñido a Nicaragua a tomar acción y proceder a presentar una demanda en contra de Colombia antes de que entre en efecto esa denuncia.

La República de Nicaragua, como país pacifista y defensor del estado de derecho y de la resolución pacífica de controversias en la región y en el mundo, deposita nuevamente su confianza en la Corte Internacional de Justicia y hace del conocimiento de su decisión a toda la comunidad internacional.

Managua, 16 de Septiembre 2013
La acción anunciada, resulta en reacción rezagada.
Los planes de Nicaragua, de delimitar su plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas, ya habían sido desvelados después de recibirse el Fallo preliminar de la C I J (2007.12.13-Ju.), pero antes del Fallo final de la misma (2012.11.19-Lu.), como recordamos en conexión con la bomba publicitaria del megaproyecto con un canal interoceánico por territorio nicaragüense (2012.07.03-Ma.).

Nicaragua, muy concienzudamente, venía demorando poner en práctica esta segunda fase de su maquinada treta, esperando a que Colombia aceptara en pleno respetar lo fallado por la C I J. Inclusive se mantuvo socarronamente a la expectativa, cuando Santos demandó el Pacto de Bogotá, a los ocho (8) días de recibirse éste (2012.11.27-Ma.), y no movió un dedo hasta conocer la Estrategia Integral de Colombia frente al fallo de La Haya, lanzada hace una semana (2013.09.09-Lu.), con la que se niega la aplicación del fallo. Entonces no quedaba nada más por esperar.

En verdad fue una maniobra inteligente del Gobierno de Ortega, pero algo arriesgada dejando transcurrir nueve y medio (9½) meses, de los doce (12) del preaviso antes de que cesara en sus efectos el Pacto de Bogotá denunciado por Colombia.
Nicaragua cierra definitivamente las puertas de la negociación.
Culpando a Colombia de negarse a respetar el fallo en su Sentencia del (2013.09.09-Lu.), «… ampliamente difundida por ella y del conocimiento de la comunidad internacional…», y por haber denunciado el Pacto de Bogotá, Nicaragua declara que se encuentra «… constreñida a tomar acción y proceder a presentar (esta) demanda en contra de Colombia…» antes de que entre en efecto esa denuncia, y «… deposita nuevamente su confianza en la Corte Internacional de Justicia y hace del conocimiento de su decisión a toda la comunidad internacional…».

Como mencionábamos, este segundo paso en pos de más aguas, estaba de todas formas definido independientemente de las mencionadas maniobras colombianas, que por el contrario vinieron a facilitar esta última jugada nicaragüense. Ahora, sin haberse salido a ningún momento del marco de la legalidad, Nicaragua queda en pleno derecho de no aceptar tratados bilaterales con Colombia, y dejando todo en manos de la Corte en La Haya, se permitirá esperar el tiempo que sea necesario hasta recibir la patente de propiedad de enormes cantidades de aguas en el Caribe, que con anterioridad Colombia se ufanaba de incluir en su mapa nacional.
El mayor descalabro de Colombia, jamás antes registrado.
En el asiento sobre la Estrategia Integral, insinuábamos que detrás de esa tardía reacción del Gobierno colombiano, se escondía un último intento de golpear antes de ser noqueado, que ahora con las nuevas maniobras de Nicaragua, se logra dilucidar con mayor facilidad.

En medio de tantos desaciertos, empezaba a surtir cierto efecto la martirizante espera a la que Nicaragua era sometida, sin recibir noticias definitivas sobre la posición optada por Colombia con respecto al fallo. Teniéndose sin embargo, todo preparado en Managua para dar el paso final por tarde en estos días, todo apunta a que la noticia se filtra, y clandestinamente llega a conocimiento del gobierno de Santos, originando la aparentemente resoluta reacción con su Estrategia Integral. Estando todo prácticamente perdido, quedaba fácil y en su lugar fingir denuedo recurriendo a lo imposible. Así que nada se perdía poniendo trabas, tratando de obligar a Nicaragua a firmar un segundo tratado, complementando al Bárcenas, o substituyéndolo, cumpliendo así de manera constitucional lo estipulado en el fallo, todo facilitado por el mismísimo Pacto de Bogotá, que en vano, e infelizmente, había sido demandado por Colombia.

Escribimos «…recurrir a lo imposible…», porque Nicaragua por nada en el mundo aceptaría una proposición colombiana, que no cumpliese estrictamente con los términos del fallo. Y volvimos a sostener que el Pacto de Bogotá «…infelizmente…» fue demandado, porque en lo sucesivo, más que nunca, sería muy útil para Colombia al poner en práctica, algo que se asemeje a lo que nos atreveremos a recomendar más adelante.

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No hay retorno…


Sumando tenemos que Nicaragua se salió con la suya una vez más, y Colombia también una vez más, no sólo perdió una batalla, sino la guerra entera. ¿Por qué? ¿Cómo? y ¿Cuándo? Ya quedó debidamente aclarado. Si aún quedan dudas, es sólo volver a consultar las páginas anteriores. Ahora lo importante es esclarecer la situación real en que ha caído nuestro país, listando primero sus pérdidas, y lo que le quedaría por hacer, en balance que hacemos con fecha de la última movida de Nicaragua.
2013.09.16-Lu. Lo perdido por Colombia en territorios y aguas:
40.575 kilómetros cuadrados de tierras correspondientes al Litoral de Mosquitos, más un total de 135.116 kilómetros cuadrados de aguas en el Caribe, que pasan bajo soberanía de Nicaragua.
2013.09.16-Lu. Lo perdido por Colombia en recursos para nuevas negociaciones:
A - No puede contar con más favores de la Corte Internacional de Justicia.
B - Le queda muy difícil re-entablar negociaciones bilaterales con Nicaragua.
2013.09.16-Lu. Lo que a Colombia le queda por hacer:
Alternativa 1 - Cumplir estrictamente con el fallo de la Corte Internacional de Justicia.

Alternativa 2 - No cumplir con el fallo de la Corte Internacional de Justicia, y someterse a las consecuencias.

Alternativa 3 - Tomar urgentes medidas para protegerse contra las nuevas amenazas de Nicaragua.
Comentarios.
Para cumplir con la Alternativa 1, lo haría por medio de un tratado bilateral con Nicaragua, que sería ratificado siguiendo todos los pasos y procedimientos constitucionales.

Todo indica que la Alternativa 2 es el camino optado por el gobierno del presidente Juan Manuel Santos, que no resuelve nada, y por el contrario agudiza el conflicto con Nicaragua, comprometiendo la paz y harmoniosa convivencia entre las naciones colindantes en el área.

La Alternativa 3 es ineludible y urgente de atender independientemente de las dos anteriores. Obviamente se presentan diversos caminos a seguir, que deben ser pensados con inteligencia y ejecutados con sensatez y determinación, para que sus efectos sean perentorios.

Las Alternativas 1 y 3 pueden coordinarse. Aquí entra nuestra sugerencia que sigue a continuación.


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Pero… ¡Sí hay solución!


Los objetivos.

Con todo lo que hemos aprendido con el exhaustivo trabajo de investigación, evaluación de hechos y circunstancias, y consagrada labor de balance y compaginación de ideas, que llenan las páginas de nuestro estudio, nos consideramos capaces e idóneos para presentar, resolutos y optimistas, una sugerencia que creemos nos pueda permitir una rápida, justa y perentoria solución, para que nuestro país pueda salir de la difícil situación en la que ha caído, teniendo como objetivos centrales los siguientes:

1 - Recuperar y fortificar con valentía el honor de la Nación.
2 – Recuperar con moderación, parte substancial de los territorios y aguas perdidas.
3 - Bloquear y dar término definitivo, a toda intención de Nicaragua, o de cualquier otro país, para hacerse a más aguas en el Caribe colombiano.
4 - Respetar, y hacer respetar a la población del archipiélago de Islas de San Andrés y Providencia.
5 - Lograr una solución definitiva y perentoria, para convivir en paz y harmonía con todos los vecinos en el hemisferio del Caribe.

Para ilustrar los pasos a seguir, recuperamos la última posición alcanzada en la Golosa de la Adversidad, o sea retomando la iniciativa partiendo de la Casilla estancada, que repetimos.


La golosa del optimismo.


Empezamos actualizando el nombre de la golosa. En esta ocasión los avances serán más rápidos, y como todo es tentativo, las Casillas no llevan fechas. Muy orgullosa Colombia, porta en su mano derecha la bandera de Islas de San Andrés y Providencia, demostrando al mundo entero que ahora, no sólo va en buena compañía, sino que se trata de algo sublime y feliz para los colombianos continentales y sus hermanos insulares. Con orgullo, denuedo, y jolgorio en el corazón, volvemos a la contienda tomando la iniciativa.

Segunda ronda

Casilla estancada

[2013.09.09- ¿? ¿?]


J – Inconforme con el abarque del fallo F de la C I J, pero aludiendo a inconstitucionalidad en la aplicación de éste por parte de Colombia, ésta informa que el fallo F es inaplicable, agregando a la vez que luchará «…hasta las últimas consecuencias…» en defensa de las aguas de Colombia en el Caribe.

K – Ante la rotunda posición optada por Colombia, de no cumplir con el fallo F, en la forma como fuera decidido la C I J, Nicaragua anuncia que suspende el diálogo con Colombia, y que como complemento a lo obtenido con citado fallo F, demanda una vez más a Colombia ante la C I J, en pos de delimitar su plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas, comprendiendo más aguas hasta ahora colombianas.

Casilla Dos (2)

Ejecución a mayor brevedad.


L – Colombia refrenda el Tratado Esguerra Bárcenas (1928.03.24-Sa.), aclarando que lo hace en respuesta a lo determinado por la C I J en su fallo F, toda vez que Nicaragua igualmente lo hiciera al aceptar este fallo. Esto aclara que prácticamente se está de regreso a la Casilla Dos (2), como se muestra.

Casilla Cinco (5)

Ejecución a mayor brevedad.


M – La República de Colombia declara como Protectorado suyo, el archipiélago Islas de San Andrés y Providencia.
Aclaración.
Si para esto se requiere que San Andrés y Providencia, sea previamente soberana, entonces se tomarían los siguientes pasos:

1 - San Andrés y Providencia declaran su independencia de Colombia.
2 - Colombia reconoce de inmediato la independencia de San Andrés y Providencia.
3 - En conjunto se declara el archipiélago Islas de San Andrés y Providencia, como Protectorado de Colombia.

Estas maniobras se planearán detalladamente en conjunto, bajo la más estricta confidencialidad, y las correspondientes declaraciones se proclamarán simultáneamente en el orden señalado.

Casilla Seis (6)

Ejecución a mayor brevedad.

N – El Protectorado Islas de San Andrés y Providencia…
«…en concordancia plena con lo establecido en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, principios del derecho internacional, derecho consuetudinario y práctica de los estados…»

…se dirige a la C I J demandando como suyas, las aguas que esa Corte determinara a ser trasladadas a Nicaragua en su fallo F, que solicita sea reconsiderado.


Además, en esta demanda el Protectorado aprovechará para reconocer que respetará los términos acordados entre Colombia y Nicaragua, con el Tratado Esguerra Bárcenas (1928.03.24-Sa.), señalando que el Meridiano W82 será la línea limítrofe, y frontera real de todas las aguas, suelos y subsuelos que existan entre la Costa de Mosquitos y las Islas de San Andrés y Providencia.

Salto al Cielo y retorno a Tierra.

.


Fin de la faena



Colombia y su Protectorado vivirán juntos y felices de ahora en adelante, respetados por todas las naciones del mundo, y en harmoniosa convivencia con todos sus vecinos. El Caribe colombiano queda dichosamente vindicado. En todas sus islas ondearán lado a lado, y a tope, las banderas de Colombia y de su Protectorado de San Andrés y Providencia. A bordo de las unidades a flote de la Armada Nacional de Colombia, siempre celosas en sus patrullajes por las bellas aguas del Caribe colombiano, llevarán orgullosas, izados a tope en sus drizas preferenciales, los pabellones de los pueblos hermanos de tierra firme e insulares.

Este es nuestro aporte a la Patria amada. El más sencillo bosquejo del más grande y hermoso de los sueños, deseando que se haga realidad en el futuro inmediato, y Per Saecula Saeculorum.


¡Viva Colombia y su Protectorado!



Terminado con las máquinas.

Luis Eduardo Schroeder Soto

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[1] Luis Eduardo Schroeder Soto: Panamá, el departamento usurpado.
[2] 1812.03.19-Ju. Constitución para la Nueva Nación Española. Conocida con el  nombre familiar de La Pepa.
[3] Luis Eduardo Schroeder Soto: La marginación del Caribe colombiano.
[4] Palabras de Santander en carta a Bolívar, desde Bogotá el 6 de junio de 1825.
[5] Luis Eduardo Schroeder Soto: Los nombres del alias Colombia.
[6] Luis Eduardo Schroeder Soto: Los presidentes del alias Colombia.
[7] Luis Eduardo Schroeder Soto: La verdad duele, sobre el rasponazo de 75.000 kilómetros cuadrados al mapa de Colombia
Luis Eduardo Schroeder Soto: Panamá, el departamento usurpado.
[8] Datos consultados el 29 de noviembre de 2012.
[9] Luis Eduardo Schroeder Soto: La verdad duele, sobre el rasponazo de 75.000 kilómetros cuadrados al mapa de Colombia
Luis Eduardo Schroeder Soto: Panamá, el departamento usurpado.
[10] Criterio según el cual los límites entre estados hispanoamericanos se determinarían con base en los títulos de demarcación territorial que poseyeran los antiguos dominios de la Corona española en 1810.
[11] “Pacta sunt servanda” es una locución latina, que se traduce como «lo pactado obliga». En este caso específico recuerda que el tratado es obligatorio, irreversible y sólo se deshace por mutuo acuerdo entre las partes.
[12] Luis Eduardo Schroeder Soto: La verdad duele, sobre la historia del rasponazo de 75.000 kilómetros cuadrados al mapa de Colombia.
[13] Luis Eduardo Schroeder Soto: Panamá, el departamento usurpado.
[14] Luis Eduardo Schroeder Soto: Panamá, el departamento usurpado.
[15] Luis Eduardo Schroeder Soto: La verdad duele, sobre la historia del rasponazo de 75.000 kilómetros cuadrados al mapa de Colombia.






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